viernes, 29 de mayo de 2026

Renovación de la imagen de los rótulos en los establecimientos industriales

Fin del plazo de solicitud: 29/06/26

Presupuesto: 165.000 €

Beneficiarios: autónomos (empresario/a individual en RETA), pymes y microempresas (sociedades anónimas, SRL, sociedades civiles), comunidades de bienes y entidades sin personalidad jurídica, cooperativas de hasta 500 trabajadores, grandes empresas de hasta 500 trabajadores por cuenta ajena, con actividad industrial inscrita en IAE o CNAE correspondiente y domicilio en Tenerife

Organismo: Cabildo Insular de Tenerife

Objetivos: Sufragar los gastos derivados de la instalación, renovación y/o sustitución de los rótulos y/o carteles y/o letreros identificativos de los establecimientos industriales de autónomos, empresas y otras entidades del ámbito industrial, así como el diseño de la imagen corporativa comercial, contribuyendo a mejorar su visibilidad y promoviendo el desarrollo económico del área industrial de la isla de Tenerife.

Tipo de abono: Anticipado

Intensidad de ayuda: 100 %

Máximo subvencionable: 10000

Características:

  • Convocatoria en régimen de concurrencia competitiva con abono anticipado del 100% del importe concedido, con carácter previo a la justificación.
  • El crédito inicial es de 165.000,00 €, ampliable hasta un máximo adicional de 200.000,00 €, siendo el crédito máximo posible de 365.000,00 €.
  • El importe máximo de la subvención por beneficiario es de 10.000,00 €, equivalente al 100% de los gastos subvencionables.
  • Los beneficiarios deben tener su domicilio fiscal, social y ubicación en la isla de Tenerife.
  • La subvención es incompatible con otras ayudas para la misma finalidad procedentes de cualquier administración o ente público o privado.
  • No es necesaria la constitución de garantía por el abono anticipado de los fondos.
  • La justificación se realiza mediante cuenta justificativa simplificada, posteriormente al abono.
  • El periodo computable de gastos subvencionables es desde la fecha de la resolución de concesión hasta el 1 de marzo de 2027.
  • El plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento es de seis meses desde la publicación en el BOP.

Gastos elegibles:

  • Gastos inherentes al diseño, fabricación e instalación del cartel/rótulo/tótem/letrero identificativo del establecimiento industrial: máximo 6.500 €. Si contienen iluminación, las luces deben ser tipo LED.
  • Honorarios profesionales por gestión de documentación técnica preceptiva (croquis, planos acotados de fachada) para solicitud de autorización municipal y elaboración de proyecto técnico si procede: conjuntamente con las tasas, máximo 1.500 €.
  • Tasas de la licencia o autorización municipal para la instalación de los rótulos/carteles identificativos: incluidas en el máximo conjunto de 1.500 € con honorarios.
  • Gastos relativos a la prestación del servicio de pintura de fachadas que supongan una mejora en la imagen del negocio: máximo 6.000 €.
  • Quedan excluidos: impuestos, actuaciones de publicidad y marketing distintas de la instalación de rótulos (planes de comunicación, redes sociales, web, material promocional, rotulación de vehículos), y actuaciones de renovación de imagen distintas de los rótulos/carteles identificativos.

Criterios de evaluación:

  • Criterio 1. Número de empleados: sin empleados (15 puntos), entre 1 y 9 (10 puntos), entre 10 y 49 (8 puntos), entre 50 y 249 (5 puntos), entre 250 y 500 (3 puntos).
  • Criterio 2. Ubicación del establecimiento industrial: municipios hasta 5.000 habitantes (12 puntos), más de 5.000 y menos de 10.000 (10 puntos), más de 10.000 y menos de 20.000 (8 puntos), 20.000 o más habitantes (5 puntos).
  • Criterio 3. Solicitudes formuladas por jóvenes entre 18 y 30 años (autónomos o cuando el 50% o más del capital/participaciones corresponda a este sector): 5 puntos.
  • Criterio 4. Solicitudes formuladas por mujeres (autónomas o cuando el 50% o más del capital/participaciones corresponda a mujeres): 5 puntos.
  • Criterio 5. Solicitudes formuladas entre las que participen personas con discapacidad (autónomo/a solicitante o socios/as, empleados/as): 5 puntos.
  • Puntuación máxima total: 42 puntos.

Documentación a entregar:

  • Modelo normalizado de solicitud oficial del Cabildo Insular de Tenerife, firmado y debidamente cumplimentado.
  • Certificado de situación en el Censo de Actividades Económicas de la AEAT (Certificado IAE), emitido con fecha posterior a la publicación de la convocatoria y anterior a la presentación de la solicitud.
  • Resolución de reconocimiento de alta en el RETA (solo para personas físicas empresario/a individual).
  • Certificado de inscripción de Registro Integrado Industrial (solo para actividades con CNAE 3821, 3822, 3823 en CNAE-2025 o equivalentes en CNAE-2009).
  • Memoria del Proyecto conforme al Anexo 6 (propósito, objetivos, descripción, tamaño, ubicación del rótulo).
  • Presupuesto desglosado de todos los gastos subvencionables (conforme al Anexo 2.1).
  • Escritura de compraventa, contrato de alquiler u otro título válido que otorgue derecho a realizar la instalación en el establecimiento industrial.
  • Documentación acreditativa para criterios de valoración: Informe ITA o informe negativo de inscripción (criterio 1), certificado IAE (criterio 2), DNI/NIE o modelos tributarios según el tipo de solicitante (criterios 3, 4 y 5).
  • En su caso, solicitud de alta o modificación de datos de terceros con el Cabildo de Tenerife.

Observaciones:

Publicado en BOP nº 64, de fecha 29-5-26. El plazo de presentación de solicitudes es del 30 de mayo al 29 de junio de 2026. Las solicitudes se presentan preferentemente por vía telemática en https://sede.tenerife.es. Los pagos en metálico o en efectivo no están permitidos en ningún caso. La subvención es incompatible con ayudas de esta misma línea concedidas en convocatorias anteriores. El crédito es ampliable hasta 200.000 € adicionales, condicionado a la declaración de disponibilidad del crédito.