viernes, 22 de mayo de 2026

Subvenciones para la transición verde - Empresas, Particulares, CE, Tercer sector

Bases Convocatoria BNDS Sede CNC

Fecha inicio de solicitud: 26/05/26

Fecha inicio de solicitud: 22/06/26

Presupuesto: 18.461.384 €

Beneficiarios: Empresas, particulares, comunidades energéticas y entidades del tercer sector en Canarias

Organismo: Consejería de Transición Ecológica y Energía

Objetivos: Mejorar la eficiencia energética, aumentar el uso de energías renovables y la implantación de sistemas, redes inteligentes y equipos de almacenamiento de energía en edificios e infraestructuras de administraciones públicas, empresas, sector residencial, comunidades energéticas y entidades del tercer sector.

Intensidad de ayuda: 60 %

Máximo subvencionable: 90.000 €

Características:

  • Cofinanciadas con el FEDER en el ámbito del Programa FEDER Canarias 2021-2027, prioridad P2A: Transición verde, con una tasa de cofinanciación del 85%.
  • Se establecen dos procedimientos de concesión: concurrencia no competitiva para empresas, residencial, comunidades energéticas y entidades del tercer sector; y concurrencia competitiva para administraciones públicas (ayuntamientos y cabildos).
  • Importe máximo de subvención de 90.000 euros por proyecto y por beneficiario (salvo administraciones públicas, que tienen límites propios según población).
  • Las subvenciones no son compatibles con otras ayudas, subvenciones o recursos para la misma actividad.
  • Los bienes subvencionados deben destinarse al fin concreto para el que se concedió la subvención por un plazo no inferior a cinco años.
  • Se opta por ayuda a fondo perdido.
  • Porcentajes máximos de subvención: Comunidades de Propietarios y Comunidades Energéticas 60%; Particulares y Entidades del tercer sector 50%; Pequeña empresa y microempresa 45%; Mediana Empresa 40%; Gran Empresa 30%; Ayuntamientos 100%; Cabildos 100%.
  • Potencia nominal mínima en renovables: 15 kW para empresas, 5 kW para residencial y entidades públicas y tercer sector. Capacidad mínima de almacenamiento: 30 kWh para empresas, 3,5 kWh para residencial y entidades públicas y tercer sector.

Gastos elegibles:

  • Elaboración por el técnico competente de los proyectos técnicos relacionados con las actuaciones.
  • Costes de dirección facultativa de obra.
  • Costes de ejecución de la obra civil asociada a la actuación.
  • Adquisición de equipos y materiales.
  • Montaje de las instalaciones.
  • Auditorías y certificados de eficiencia energética.
  • Para Administraciones Públicas: gastos del informe de auditor con un máximo de 1.000 euros.
  • No son subvencionables tasas o impuestos para todo tipo de expedientes, ni el IGIC para empresas, entidades del tercer sector y comunidades energéticas.
  • No son subvencionables los gastos financiados mediante leasing, renting o similares.
  • No son subvencionables las instalaciones obligatorias en aplicación del Código Técnico de la Edificación.

Criterios de evaluación:

  • Ahorro anual por inversión, en kWh/miles de euros para eficiencia energética (coeficiente A).
  • Producción de energías renovables por inversión, en kWh/miles de euros (coeficiente B).
  • Capacidad de energía almacenada por inversión, en kWh/miles de euros (coeficiente C).
  • Implantación de un sistema de eficiencia energética o adopción de un plan de eficiencia energética (S=1).
  • Existencia de Auditoría Energética (G=1).
  • Existencia de contrato con proveedor de servicios energéticos PSE (E=1).
  • Actuaciones integradas (I=1).
  • Fórmula de baremación: P = 100 x (A o B o C) + 70 x S + 50 x G + 20 x E + 20 x I.

Documentación a entregar:

  • Solicitud de subvención según Anexo II disponible en sede electrónica.
  • Documentos acreditativos de la identidad del solicitante.
  • Documentación acreditativa de la representación, en su caso.
  • Para comunidades energéticas o de propietarios: copia de estatutos y acta con el acuerdo de solicitud de subvención.
  • Memoria detallada firmada por técnico competente o instalador autorizado de las actuaciones previstas, incluyendo estudio de ahorro energético o producción renovable y presupuesto detallado.
  • Para actuaciones en edificios: certificado energético del edificio en estado actual y certificado energético alcanzado tras la reforma propuesta.
  • Para actuaciones de almacenamiento: certificados energéticos de la instalación de energías renovables asociada.
  • Para administraciones públicas: certificación de auditoría energética, sistema o plan de eficiencia energética implantado, o contrato con Proveedor de Servicios Energéticos, en su caso.

Observaciones:

La convocatoria para el ejercicio 2026 distribuye el presupuesto total de 18.461.384,00 euros entre los siguientes sectores: Sector Empresas 6.220.923,00 euros; Sector Residencial 5.075.461,00 euros; Sector Comunidades Energéticas 1.000.000,00 euros; Sector Entidades del Tercer Sector 500.000,00 euros; Sector Administraciones Públicas Ayuntamientos 2.985.461,00 euros; Sector Administraciones Públicas Cabildos 2.679.539,00 euros. El plazo para resolver y notificar el procedimiento de concesión será de seis meses contados a partir del día siguiente de la publicación en el BOC del extracto de la convocatoria. El extracto de la convocatoria se publicará en el BOC y el plazo de solicitud se iniciará el segundo día después de dicha publicación, finalizando a los 20 días hábiles.