lunes, 22 de junio de 2026

Tenerife Accelera Fund: inversión en Entidades de Capital Riesgo

Fin del plazo de solicitud: 31/07/26

Presupuesto: 1.000.000 €

Beneficiarios: entidades de capital riesgo (ECR) y sus sociedades gestoras (SGEIC) con capital mayoritariamente privado, inscritas y autorizadas por la CNMV, con estrategia de inversión alineada con los sectores del Plan Director de Innovación de Tenerife

Organismo: Cabildo Insular de Tenerife. Consejería Insular de Investigación, Innovación y Desarrollo

Objetivos: Financiar iniciativas empresariales y proyectos estructurantes a través de instrumentos que movilicen inversión privada en I+D+i, mediante fórmulas de colaboración público-privada, apoyando a startups y scaleups que operen en los sectores estratégicos para el crecimiento de la economía de la isla de Tenerife.

Máximo subvencionable: 1.000.000

Características:

  • El Cabildo Insular de Tenerife invertirá un máximo de 1.000.000 € en ECR seleccionadas mediante concurrencia competitiva.
  • La duración del programa está vinculada al ciclo de vida de las ECR seleccionadas, con límite máximo del 31 de diciembre de 2031.
  • Las gestoras deben tener capital 100% privado, estar autorizadas por la CNMV y tener conocimiento de la realidad empresarial de Tenerife.
  • Comisión de gestión máxima del 2,25% anual del capital comprometido durante el periodo de inversión.
  • Comisión de éxito máxima del 20% sobre el rendimiento total cuando la TIR supere el 8,00%.
  • Las ECR deben disponer de compromisos de inversión en firme equivalentes al 25% del tamaño objetivo en el momento de la solicitud.
  • Las ECR deben invertir al menos un coeficiente multiplicador x1,1 sobre el capital comprometido por el ECIT en empresas objetivo.
  • Las empresas objetivo (target) deben ser PYME con domicilio social en Tenerife y comprometerse a disponer de un centro de trabajo en la isla en un plazo máximo de 4 meses desde la recepción de la inversión.
  • El periodo de inversión de las SGEIC en empresas objetivo es hasta el 31/12/2031.
  • La solicitud debe presentarse de forma telemática a través de la sede electrónica del Cabildo en https://sede.tenerife.es.

Gastos elegibles:

  • Inversión en Entidades de Capital Riesgo (ECR) alineadas con los sectores estratégicos del Plan Director de Innovación (PDI) de la Isla de Tenerife: astrofísica, espacio y aeronáutica; audiovisual e industrias creativas; conectividad; digitalización e inteligencia artificial; economía azul; energía; salud y biotecnología; sostenibilidad.

Criterios de evaluación:

  • B.1. Experiencia en la gestión de inversiones por parte de la SGEIC (Track Record): volumen total de inversión en Canarias desde 01/01/2018, número de compañías invertidas en territorio nacional desde 01/01/2018, número de compañías desinvertidas con retorno positivo desde 01/01/2014. (15 puntos)
  • B.2. Estructura y composición del equipo gestor: experiencia en inversión a través de fondos regulados, experiencia conjunta de al menos tres miembros, estructura del Comité de Inversiones, sistemas de información y reporting. (20 puntos)
  • B.3. Remuneración: comisión de gestión y comisión de éxito ofertadas. (10 puntos)
  • B.4. Coeficiente multiplicador ofertado por encima del mínimo exigido (x1,1). (10 puntos)
  • B.5. Localización del equipo de inversión: oficina física en territorio de alcance y número de miembros ubicados en Tenerife. (5 puntos)
  • B.6. Compromisos de inversión en firme superiores al mínimo exigido (25% sobre tamaño objetivo). (10 puntos)
  • B.7. Existencia de una estrategia de inversión detallada: cronograma, porcentajes de participación, criterios de desinversión, número estimado de inversiones, deal flow, acuerdos con ecosistema empresarial de Tenerife. (30 puntos)

Documentación a entregar:

  • Archivo A: documentación relativa al cumplimiento de los criterios de selección y petición de inversión (Apéndice 1 y Apéndice 2 del Anexo I).
  • Archivo B: documentación relativa a los criterios de evaluación, es decir, la oferta del solicitante (Apéndice 4 del Anexo I).
  • En caso de resultar adjudicatario: escritura de constitución de la Sociedad Gestora inscrita en el Registro Mercantil; certificación de autorización o registro en la CNMV; certificación o escritura de poder suficiente de la persona firmante; cartas de compromiso de inversión firmadas por cada partícipe; últimos tres estados financieros anuales auditados de la SGEIC y el último auditado de la ECR; detalle de la estructura de la ECR con todos los vehículos y su domiciliación.

Observaciones:

Las bases fueron aprobadas por el Consejo de Gobierno Insular del Cabildo Insular de Tenerife en sesión del 10 de junio de 2026 (AC0000028006) y modificadas mediante Resolución del Consejero Insular de fecha 13 de julio de 2026 (BOP n.º 85, de 17 de julio de 2026), que modifica la Base 4.1 (suprimiendo el requisito de domicilio social en Tenerife para las empresas objetivo) y la Base 5.2 (fijando el plazo de presentación de solicitudes hasta el 31 de julio de 2026). La participación del ECIT no incluye ayuda de Estado a nivel de la Corporación Insular. La adquisición de participaciones en las ECR tiene consideración de contrato de naturaleza privada, excluido de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público.