Fin del plazo de solicitud: 30/08/26
Presupuesto: 145.000 €
Beneficiarios: ayuntamientos de la isla de Tenerife y sus entidades públicas municipales: organismos autónomos locales y entidades públicas empresariales
Organismo: Cabildo Insular de Tenerife
Objetivos: Financiar proyectos de recuperación, salvaguarda y difusión de la memoria democrática, así como la recuperación de la memoria histórica en relación con las víctimas de Tenerife de la Guerra Civil y la posterior dictadura franquista.
Tipo de abono: Pago único anticipado mediante transferencia bancaria
Máximo subvencionable: 10000
Características:
- Régimen de concurrencia competitiva mediante comparación de solicitudes y prelación según criterios de valoración.
- Límite máximo de 10.000,00 € por proyecto.
- El importe se determina por prorrateo del total de la convocatoria entre la suma de puntos de solicitudes que superen los 10 puntos mínimos.
- Cada ayuntamiento puede presentar una o varias solicitudes para proyectos distintos, debiendo indicar orden de prelación.
- El pago se realiza mediante transferencia bancaria en un único pago anticipado, sin necesidad de garantía.
- La subvención es compatible con otras subvenciones de otras administraciones distintas al Cabildo Insular de Tenerife y sus entes dependientes, siempre que no supere el coste de la actividad.
- Plazo de ejecución: 1 año desde la publicación de la resolución de concesión definitiva en la sede electrónica del Cabildo.
- Plazo de justificación: 3 meses desde el día siguiente a la finalización del periodo de ejecución.
- Los beneficiarios podrán subcontratar la actividad subvencionada en su totalidad.
Gastos elegibles:
- Gastos laborales (nóminas, Seguridad Social, etc.) del personal contratado para la ejecución del proyecto.
- Honorarios de profesionales y empresas contratadas para la solicitud, redacción, ejecución y justificación del proyecto.
- Gastos en materiales y herramientas necesarios para la ejecución del proyecto, siempre que no tengan carácter fungible y cuyo precio unitario no supere los 200,00 € (IGIC excluido).
- Gastos en empresas de transporte necesarios para trasladar a los participantes de las actividades.
- Gastos en alquiler de instalaciones técnicas, maquinaria y demás elementos necesarios para la ejecución del proyecto.
- Gastos de publicidad, propaganda, papelería, cartelería, folletos y difusión del proyecto (máximo 10% del importe concedido).
- Cualquier otro gasto que, sin tener el carácter de gasto de inversión, resulte necesario para la ejecución del proyecto o actividad.
- No son subvencionables: adquisición de material inventariable, mobiliario, inmovilizado, equipos informáticos, infraestructuras, equipamientos ni gastos de inversión.
Criterios de evaluación:
- 1. Calidad y justificación del proyecto (máx. 5 puntos): objetivos (máx. 2 puntos), fundamentación de la necesidad del proyecto (máx. 2 puntos), pertinencia (máx. 1 punto).
- 2. Viabilidad del proyecto (máx. 6 puntos): actividades y personas destinatarias (máx. 2 puntos), organización y metodología (máx. 1 punto), temporalización y cronograma (máx. 1 punto), recursos necesarios (máx. 1 punto), perspectiva de género (máx. 1 punto).
- 3. Incidencia del proyecto en la sociedad (máx. 4 puntos): resultados esperados (máx. 1 punto), potenciales beneficiarios (máx. 1 punto), interés social y cultural (máx. 1 punto), alcance de medidas de difusión (máx. 1 punto).
- 4. Cofinanciación del proyecto por parte del ayuntamiento solicitante (máx. 2 puntos): cofinanciación hasta el 10% del importe total: 1 punto; cofinanciación de más del 10%: 2 puntos.
- 5. Criterio poblacional (máx. 3 puntos): municipios con menos de 20.000 habitantes: 3 puntos; entre 20.000 y 40.000 habitantes: 2 puntos; más de 40.000 habitantes: 1 punto.
- Puntuación mínima para resultar beneficiario: 10 puntos. Puntuación máxima total: 20 puntos.
Documentación a entregar:
- I. Proyecto (máx. 30 páginas, letra Arial 11, interlineado 1,15) con contenido mínimo: calidad y justificación del proyecto (objetivos, justificación de la necesidad, ámbito de intervención); viabilidad del proyecto (actividades, personas destinatarias, organización y metodología, temporalización y cronograma, recursos humanos, materiales y financieros, perspectiva de género); incidencia del proyecto en la sociedad (resultados esperados, potenciales beneficiarios, interés social y cultural, medidas de difusión); población municipal (padrón a 1 de enero de 2026); cronograma de la actuación; presupuesto detallado.
- II. Declaración responsable conforme Anexo II, firmada por el Alcalde o persona en quien delegue (con Decreto de delegación en su caso).
Observaciones:
El acuerdo de aprobación de bases y convocatoria fue adoptado por el Consejo de Gobierno Insular en sesión ordinaria de 1 de julio de 2026 (AC0000028107). La dotación económica se imputa a la aplicación presupuestaria 26-0101-9200-46240, propuesta de gasto 26-006366, ítem 26-018985, subvención 2026-001217. El presupuesto podrá incrementarse hasta un 50% de la dotación inicial. Todos los proyectos deberán ser acordes a las recomendaciones y protocolos internacionales atendiendo a los principios de verdad, justicia y reparación establecidos en la Resolución 60/147 de la Asamblea General de Naciones Unidas de 16 de diciembre de 2005. Los gastos pueden pagarse en un máximo de 3 meses después de la fecha de finalización del proyecto. Lo presupuestado para cada tipo de gasto podrá incrementarse o disminuirse hasta un 40% de lo previsto inicialmente. Se aplica Ley 20/2022 de Memoria Democrática y Ley 5/2018 de memoria histórica de Canarias. Código BDNS: 917331.