sábado, 1 de agosto de 2026

Infraestructuras para investigación, ensayo y experimentación en tecnologías de uso dual

Beneficiarios: universidades públicas, organismos públicos de investigación, otros centros públicos de i+d, centros tecnológicos de ámbito estatal y empresas

Organismo: Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública / Red.es M.P.

Objetivos: Fomentar el desarrollo de un ecosistema de investigación e innovación en torno a las tecnologías de uso dual, contribuyendo a mejorar las capacidades industriales para fomentar las capacidades de defensa, dando prioridad a las de doble uso, en el marco del Programa Plurirregional de España FEDER 2021-2027.

Características:

  • Régimen de concurrencia competitiva conforme a los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación.
  • Dos tipos de ayuda: ayudas a la construcción y mejora de infraestructuras de investigación (para universidades públicas, OPI y otros centros públicos de I+D) y ayudas a la construcción y mejora de infraestructuras de ensayo y experimentación (para centros tecnológicos de ámbito estatal y empresas).
  • La modalidad de presentación ha de ser individual; no se admiten consorcios, uniones temporales ni agrupaciones.
  • Plazo de ejecución de los proyectos no superior a 36 meses desde la fecha de publicación de la resolución de concesión.
  • Los proyectos podrán iniciarse a partir de la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.
  • Tramitación electrónica obligatoria en todas las fases a través de la sede electrónica de Red.es (https://sede.red.gob.es/).
  • Pago anticipado de hasta el 80% de la ayuda, condicionado a la constitución de garantías para las categorías d) y e).
  • Subcontratación permitida hasta el 50% del presupuesto financiable.
  • Justificación mediante cuenta justificativa con informe de auditor en un plazo máximo de 3 meses desde la conclusión del proyecto.
  • Financiación con cargo al Programa Plurirregional de España FEDER 2021-2027, OE 1.7.

Gastos elegibles:

  • Activos inmateriales: patentes, licencias, conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad intelectual.
  • Activos materiales: instalaciones, maquinaria y equipos (incluyendo montaje, transporte, instalación y puesta en funcionamiento); deben ser de nueva adquisición.
  • IVA e IGIC cuando el beneficiario los abona efectivamente y no son susceptibles de recuperación o compensación.
  • No son subvencionables: obra civil, terrenos, edificios, mobiliario de oficina, material fungible, costes de mantenimiento o reparación, maquinaria y equipos de segunda mano, seguros y/o garantías, material bibliográfico, gastos de suscripción a publicaciones o acceso a bases de datos, gastos de formación no relacionados con la adquisición de maquinaria y equipos, gastos de personal ni sus costes indirectos asociados.

Criterios de evaluación:

  • Criterio 1 - Potencial transformador de la propuesta (máx. 70 puntos, umbral mínimo 10): 1.1 Solidez técnica (máx. 20 puntos, umbral 10); 1.2 Plan de proyecto (máx. 20 puntos, umbral 10); 1.3 Adecuación del presupuesto (máx. 20 puntos, umbral 10); 1.4 Impacto en el ecosistema regional existente (máx. 10 puntos, sin umbral mínimo).
  • Criterio 2 - Ecosistema de la propuesta (máx. 30 puntos, umbral mínimo 10): trayectoria del solicitante, experiencia y capacidad de atracción de proyectos innovadores en los ámbitos tecnológicos elegidos.
  • Los criterios se evalúan secuencialmente; si no se alcanza el umbral de uno no se continúa con los siguientes.
  • En caso de empate se dirime a favor de la solicitud con mayor valoración en el criterio 1.1 y sucesivamente en 1.2, 1.3, 1.4 y 2; si persiste el empate, por orden de presentación según sellado de tiempo de la sede electrónica de Red.es.

Documentación a entregar:

  • Formulario de solicitud disponible en la sede electrónica de Red.es (https://sede.red.gob.es/).
  • Memoria técnica con descripción del proyecto según el formato establecido en cada convocatoria.
  • Declaraciones responsables y demás documentos electrónicos requeridos.
  • Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos del artículo 7 (categoría de beneficiario, situación tributaria y con la Seguridad Social, etc.).
  • Para grandes empresas: memoria que demuestre el efecto incentivador de la ayuda.
  • Para empresas y centros tecnológicos con subvención superior a 30.000 euros: cuenta de pérdidas y ganancias abreviada o certificación de auditor sobre cumplimiento de plazos de pago.
  • Certificado de titularidad real emitido por el Registro Mercantil o el Registro Central de Titularidades Reales.
  • En la justificación: facturas, justificantes bancarios de pago, informe de auditor, memoria de actuación y memoria económica, y demás documentación exigida por normativa FEDER.

Observaciones:

Las ayudas se dirigen a ámbitos tecnológicos críticos recogidos en la Recomendación (UE) 2023/2113: tecnologías avanzadas de semiconductores, inteligencia artificial, tecnologías cuánticas, conectividad/navegación/digitales, tecnologías espaciales, y robótica y sistemas autónomos. No se financian los ámbitos de biotecnologías, tecnologías avanzadas de detección, ciertas tecnologías espaciales de propulsión, tecnologías energéticas ni tecnologías avanzadas de materiales/fabricación/reciclado. La intensidad máxima varía: para infraestructuras de investigación, hasta el 95% en regiones menos desarrolladas y Canarias, 70-80% en regiones en transición y 50-80% en regiones más desarrolladas; para infraestructuras de ensayo y experimentación, entre el 25% y el 50% según tamaño de empresa y porcentaje de capacidad destinada a pymes. El plazo máximo para resolver y publicar la resolución es de 6 meses desde la publicación de la convocatoria. Las bases reguladoras no están incluidas en el Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2027 del Ministerio.