Fin del plazo de solicitud: 28/08/26
Presupuesto: 17.389.322,52 €
Beneficiarios: entidades del tercer sector y organizaciones no gubernamentales de ámbito estatal colaboradoras en el ámbito de la Administración General del Estado
Organismo: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Objetivos: Financiar actividades de investigación científica y técnica de interés general consideradas de interés social, en el ámbito de la protección al medio ambiente en materias de competencia estatal, realizadas por entidades del Tercer Sector y organizaciones no gubernamentales de ámbito estatal.
Tipo de abono: Anticipado
Intensidad de ayuda: 100 %
Máximo subvencionable: 800000
Características:
- Régimen de concurrencia competitiva.
- Presupuesto total de la convocatoria: 17.389.322,52 € distribuidos en tres aplicaciones presupuestarias: 23.12.451O.485 (13.587.597,88 €), 23.12.451O.486 (3.551.724,64 €) y 23.12.451O.785 (250.000,00 €).
- Importe máximo individual: 800.000,00 €.
- No se requiere cofinanciación por parte de la entidad solicitante para optar a la concesión; si el importe concedido fuera inferior al coste total del proyecto, la entidad deberá financiar la diferencia con recursos propios u otras fuentes compatibles.
- El pago de la subvención será anticipado. No será necesaria la constitución de garantías dado que las beneficiarias son entidades no lucrativas que realizan proyectos de acción ambiental.
- Los proyectos se ejecutarán entre el 1 de julio de 2026 y el 30 de junio de 2027.
- Plazo de presentación de solicitudes: quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el BOE.
- Plazo máximo para resolver y notificar: cinco meses desde la publicación del extracto en el BOE.
- Se podrá subcontratar hasta el 50% de las actuaciones, siempre que no constituya el contenido esencial de la actividad.
- Compatible con otras ayudas siempre que no supere el 100% del coste de la actividad.
- Los documentos justificativos deberán conservarse un mínimo de 4 años desde la fecha de justificación.
Gastos elegibles:
- Costes de personal vinculado al proyecto, hasta el importe de las retribuciones fijadas en el Convenio Colectivo Único para el personal de la AGE. No son subvencionables las indemnizaciones por despido ni los gastos de miembros de Juntas Directivas o Consejos de Dirección.
- Gastos de viaje y estancia del personal adscrito al proyecto, hasta las cuantías fijadas para el Grupo 2 por el RD 462/2002, sin superar el 3% del importe total subvencionado (excepcionalmente hasta el 7% previa solicitud justificada).
- Gastos de asistencias externas (ejecución total o parcial concertada con terceros).
- Gastos de contrataciones efectuadas por el beneficiario para la realización de la actividad.
- Gastos de material inventariable: no podrán superar el 5% del total de la subvención solicitada; deben realizarse dentro del periodo subvencionable y al menos 6 meses antes de la fecha de justificación. El importe total máximo para bienes inventariables en esta convocatoria asciende a 250.000,00 €. Se incluye el alquiler de bienes inmuebles a costes reales.
- Gastos de material fungible directamente vinculados a la actividad.
- Gastos de revisión de la cuenta justificativa mediante informe de auditor: no podrán superar el 10% del importe de la ayuda.
- Gastos indirectos: no podrán superar el 15% de los gastos directos justificados.
Criterios de evaluación:
- Criterios técnicos (máximo 72 puntos): criterios de calidad técnica y económica de la propuesta (máximo 40 puntos): objetivos generales y específicos en relación con el tipo de investigación (máximo 10 puntos), metodología y plan de trabajo (máximo 11 puntos), definición de indicadores de ejecución y evaluación (máximo 7 puntos), presupuesto dimensionado a los objetivos (máximo 6 puntos), adecuación y competencia del equipo (máximo 6 puntos).
- Criterios ambientales y sociales (máximo 32 puntos): perspectiva de género en el ciclo de vida del proyecto (máximo 5 puntos), contribución a la defensa del medio natural y la biodiversidad (máximo 6 puntos), contribución a la adaptación al cambio climático y prevención de riesgos (máximo 5 puntos), contribución a la reducción de residuos o economía circular (máximo 3 puntos), contribución a la mitigación del cambio climático y reducción de GEI (máximo 3 puntos), contribución a la mejora del conocimiento del dominio público hidráulico (máximo 3 puntos), contribución a la concienciación y sensibilización (máximo 2 puntos), proyecto desarrollado en municipios de reto demográfico (máximo 5 puntos).
- Criterios estratégicos (máximo 21 puntos): contribución en el marco de planes y estrategias del Ministerio y convenios internacionales (máximo 9 puntos), propuesta de acciones innovadoras (máximo 6 puntos), proyecto en el marco de una colaboración nacional o internacional (máximo 6 puntos).
- Criterios relacionados con la entidad (máximo 7 puntos): implantación de sistemas de evaluación de la calidad (máximo 4 puntos), compromiso con la igualdad efectiva de mujeres y hombres (máximo 3 puntos).
- Puntuación mínima para poder ser beneficiario: 50 puntos.
Documentación a entregar:
- Copia del poder o documento bastante en derecho para actuar en nombre y representación de la persona jurídica solicitante.
- Copia de la tarjeta de identificación fiscal.
- Copia de los estatutos vigentes, debidamente legalizados.
- Certificación expedida en el año de la convocatoria por el registro en el que esté inscrita la entidad (inscripción y declaración de utilidad pública si procede, objetivos y fines, ámbito territorial, identidad de los órganos de gobierno, cuentas anuales de los ejercicios 2023 y 2024, pertenencia a otras entidades).
- Certificación del auditor de cuentas externo correspondiente a los ejercicios 2024 y 2025, cuando la normativa lo exija.
- Certificación de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, o declaración responsable en caso de no estar obligada.
- Declaración responsable del representante legal sobre justificación de ayudas anteriores, no ser deudora por reintegro, no incurrir en prohibiciones del art. 13 de la Ley 38/2003, cumplimiento de la normativa de inteligencia artificial y propiedad intelectual, y veracidad de los documentos aportados.
- Declaración responsable sobre otras subvenciones o ayudas percibidas o solicitadas para la misma finalidad.
- Informe de procedimientos acordados suscrito por auditor que acredite capacidad y solvencia suficiente (volumen de ingresos igual o superior a la cuantía solicitada, certificados de calidad, contratos de proyectos anteriores, fondo de maniobra positivo).
- Memoria explicativa por proyecto (según modelo Anexo I de la convocatoria).
- Opcionalmente: documentación o declaración responsable relativa al compromiso con la igualdad efectiva y a la existencia de sistemas de evaluación de calidad.
Observaciones:
Las bases reguladoras son la Orden TED/898/2023, de 20 de julio, modificada por la Orden TED/586/2025, de 30 de mayo. Los gastos en bienes inventariables tienen carácter limitativo y no podrán incrementarse en fase de reformulación ni de ejecución, ni ser objeto de desviación entre partidas. La presente convocatoria corresponde exclusivamente a la Línea A (entidades del Tercer Sector y ONG). La Línea B (Organismos Públicos de Investigación y universidades) no es objeto de esta convocatoria.