sábado, 1 de agosto de 2026

Subvenciones para el mantenimiento de la Infraestructura de Medicina de Precisión asociada a la Ciencia y Tecnología (IMPaCT)

Fin del plazo de solicitud: 29/09/26

Presupuesto: 50.000.000 €

Beneficiarios: entidades e instituciones que desarrollen actividades de I+D+I en biomedicina o en ciencias y tecnologías de la salud

Organismo: Instituto de Salud Carlos III (ISCIII), Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades

Objetivos: Mantenimiento e implementación de los tres programas vinculados a la Infraestructura de Medicina de Precisión asociada a la Ciencia y Tecnología (IMPaCT), para potenciar la generación y transferencia de conocimiento de la más alta calidad en el Sistema Nacional de Salud.

Características:

  • Concesión en régimen de concurrencia competitiva según el artículo 22 de la Ley 38/2003.
  • Se financia una única entidad beneficiaria por cada uno de los tres Programas: Medicina Predictiva, Ciencia de Datos y Medicina Genómica.
  • Cada Programa se ejecuta mediante un modelo de proyecto multicéntrico con un único centro beneficiario.
  • El periodo de ejecución es de cinco años contados desde la fecha indicada en la resolución de concesión.
  • Se realizará una evaluación intermedia al completar el segundo año de ejecución, cuyo resultado podría derivar en la suspensión de la ayuda.
  • Las actuaciones podrán ser cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
  • La cuantía máxima de 50.000.000,00 euros podrá incrementarse en 5.000.000,00 euros adicionales si se produce un aumento de créditos disponibles antes de la concesión.
  • Distribución estimada por Programa: Medicina Predictiva 80%, Ciencia de Datos 10%, Medicina Genómica 10% de la ayuda concedida.
  • El pago se realizará con carácter anual por adelantado a las entidades beneficiarias.
  • Las entidades beneficiarias están exoneradas de la constitución de garantías.

Gastos elegibles:

  • Gastos de contratación de personal técnico o con el grado necesario para actividades científico-técnicas y de gestión de la I+D+I, ajeno al vinculado funcionarial o estatutariamente a los centros beneficiarios.
  • Material inventariable indispensable para garantizar la ejecución del Plan de Actuación, siempre que suponga renovación de infraestructura obsoleta o ampliación de capacidad.
  • Material fungible y gastos complementarios como colaboraciones externas y asistencia técnica.
  • Gastos vinculados a la solicitud de derechos de propiedad industrial o intelectual generados por el Plan de Actuación (no se incluye el mantenimiento de dichos derechos).
  • Gastos externos de consultoría y servicios relacionados con las propuestas, debidamente justificados.
  • Gastos de publicación y difusión de resultados, incluyendo revisión de manuscritos, publicación en revistas científicas y acceso abierto, e incorporación a repositorios de libre acceso.
  • Actividades docentes y formativas en el contexto del proyecto financiado.
  • Viajes necesarios para la realización de actividades propias del Programa; inscripción en congresos y jornadas vinculados con la ejecución del Plan de Actuación.
  • Gastos indirectos de hasta un 21% adicional a los gastos directos concedidos.
  • Quedan excluidos: consumibles de informática y reprografía, material de oficina, cuotas a sociedades científicas y suscripciones a publicaciones. No son elegibles gastos de comidas y atenciones de carácter protocolario.

Criterios de evaluación:

  • Valoración del equipo de investigación: historial científico-técnico y su impacto en el área temática del Programa: hasta 30 puntos. Incluye idoneidad del perfil profesional, trayectoria, liderazgo, participación en programas europeos e internacionales, multidisciplinariedad y distribución geográfica de entidades participantes.
  • Valoración de la propuesta: hasta 70 puntos, desglosados en: Calidad (capacidad técnica, claridad de objetivos, relevancia, originalidad e innovación, perspectiva de género): hasta 30 puntos; Viabilidad (plan de actuación, distribución de tareas, cronograma, monitorización, adecuación del presupuesto): hasta 20 puntos; Relevancia e impacto esperado en la implementación de la Medicina de Precisión en el SNS, coordinación con actores clave, equidad y cohesión territorial: hasta 20 puntos.
  • En caso de empate, se da preferencia a la solicitud con mejor puntuación en el apartado de valoración de la propuesta y, si persistiera, por decisión motivada de la Comisión de Selección.

Documentación a entregar:

  • Formulario de solicitud firmado por el representante legal de la entidad solicitante.
  • Memoria del Plan de Actuación referido al Programa, en modelo normalizado, incluyendo: relación de entidades participantes y distribución territorial, relación con otros proyectos nacionales e internacionales, recursos e infraestructuras disponibles, presupuesto detallado, estructura funcional de cooperación, relaciones científico-técnicas entre grupos, y propuesta de Plan de Trabajo e Indicadores.
  • Currículum Vitae Abreviado (CVA-ISCIII) de las personas coordinadora y co-coordinadora del Programa, generado desde el editor CVN (http://cvn.fecyt.es/editor) o institución certificada FECYT.
  • Currículum Vitae Abreviado (CVA-ISCIII) del resto de personas responsables de las entidades participantes que figuren como IP.
  • Descripción del equipo con relación de entidades y personas participantes en la solicitud, en modelo normalizado.
  • Autorización de la persona representante legal de cada entidad participante, en modelo normalizado, con compromiso explícito de colaboración.
  • Estatutos registrados y documento que acredite el poder de representación legal, en caso de entidades que soliciten alta en la aplicación informática o que hayan modificado sus estatutos.

Observaciones:

La cuantía total máxima tiene carácter estimado y la concesión queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión. Los fondos no utilizados en una anualidad pasan automáticamente a la siguiente. Solo se concederán prórrogas con carácter excepcional y suficientemente motivadas. La evaluación intermedia se realizará al completar el segundo año de ejecución y podría derivar en la suspensión de la ayuda.