Fin del plazo de solicitud: 29/09/26
Presupuesto: 50.000.000 €
Beneficiarios: entidades e instituciones que desarrollen actividades de I+D+I en biomedicina o en ciencias y tecnologías de la salud
Organismo: Instituto de Salud Carlos III (ISCIII), Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades
Objetivos: Mantenimiento e implementación de los tres programas vinculados a la Infraestructura de Medicina de Precisión asociada a la Ciencia y Tecnología (IMPaCT), para potenciar la generación y transferencia de conocimiento de la más alta calidad en el Sistema Nacional de Salud.
Características:
- Concesión en régimen de concurrencia competitiva según el artículo 22 de la Ley 38/2003.
- Se financia una única entidad beneficiaria por cada uno de los tres Programas: Medicina Predictiva, Ciencia de Datos y Medicina Genómica.
- Cada Programa se ejecuta mediante un modelo de proyecto multicéntrico con un único centro beneficiario.
- El periodo de ejecución es de cinco años contados desde la fecha indicada en la resolución de concesión.
- Se realizará una evaluación intermedia al completar el segundo año de ejecución, cuyo resultado podría derivar en la suspensión de la ayuda.
- Las actuaciones podrán ser cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
- La cuantía máxima de 50.000.000,00 euros podrá incrementarse en 5.000.000,00 euros adicionales si se produce un aumento de créditos disponibles antes de la concesión.
- Distribución estimada por Programa: Medicina Predictiva 80%, Ciencia de Datos 10%, Medicina Genómica 10% de la ayuda concedida.
- El pago se realizará con carácter anual por adelantado a las entidades beneficiarias.
- Las entidades beneficiarias están exoneradas de la constitución de garantías.
Gastos elegibles:
- Gastos de contratación de personal técnico o con el grado necesario para actividades científico-técnicas y de gestión de la I+D+I, ajeno al vinculado funcionarial o estatutariamente a los centros beneficiarios.
- Material inventariable indispensable para garantizar la ejecución del Plan de Actuación, siempre que suponga renovación de infraestructura obsoleta o ampliación de capacidad.
- Material fungible y gastos complementarios como colaboraciones externas y asistencia técnica.
- Gastos vinculados a la solicitud de derechos de propiedad industrial o intelectual generados por el Plan de Actuación (no se incluye el mantenimiento de dichos derechos).
- Gastos externos de consultoría y servicios relacionados con las propuestas, debidamente justificados.
- Gastos de publicación y difusión de resultados, incluyendo revisión de manuscritos, publicación en revistas científicas y acceso abierto, e incorporación a repositorios de libre acceso.
- Actividades docentes y formativas en el contexto del proyecto financiado.
- Viajes necesarios para la realización de actividades propias del Programa; inscripción en congresos y jornadas vinculados con la ejecución del Plan de Actuación.
- Gastos indirectos de hasta un 21% adicional a los gastos directos concedidos.
- Quedan excluidos: consumibles de informática y reprografía, material de oficina, cuotas a sociedades científicas y suscripciones a publicaciones. No son elegibles gastos de comidas y atenciones de carácter protocolario.
Criterios de evaluación:
- Valoración del equipo de investigación: historial científico-técnico y su impacto en el área temática del Programa: hasta 30 puntos. Incluye idoneidad del perfil profesional, trayectoria, liderazgo, participación en programas europeos e internacionales, multidisciplinariedad y distribución geográfica de entidades participantes.
- Valoración de la propuesta: hasta 70 puntos, desglosados en: Calidad (capacidad técnica, claridad de objetivos, relevancia, originalidad e innovación, perspectiva de género): hasta 30 puntos; Viabilidad (plan de actuación, distribución de tareas, cronograma, monitorización, adecuación del presupuesto): hasta 20 puntos; Relevancia e impacto esperado en la implementación de la Medicina de Precisión en el SNS, coordinación con actores clave, equidad y cohesión territorial: hasta 20 puntos.
- En caso de empate, se da preferencia a la solicitud con mejor puntuación en el apartado de valoración de la propuesta y, si persistiera, por decisión motivada de la Comisión de Selección.
Documentación a entregar:
- Formulario de solicitud firmado por el representante legal de la entidad solicitante.
- Memoria del Plan de Actuación referido al Programa, en modelo normalizado, incluyendo: relación de entidades participantes y distribución territorial, relación con otros proyectos nacionales e internacionales, recursos e infraestructuras disponibles, presupuesto detallado, estructura funcional de cooperación, relaciones científico-técnicas entre grupos, y propuesta de Plan de Trabajo e Indicadores.
- Currículum Vitae Abreviado (CVA-ISCIII) de las personas coordinadora y co-coordinadora del Programa, generado desde el editor CVN (http://cvn.fecyt.es/editor) o institución certificada FECYT.
- Currículum Vitae Abreviado (CVA-ISCIII) del resto de personas responsables de las entidades participantes que figuren como IP.
- Descripción del equipo con relación de entidades y personas participantes en la solicitud, en modelo normalizado.
- Autorización de la persona representante legal de cada entidad participante, en modelo normalizado, con compromiso explícito de colaboración.
- Estatutos registrados y documento que acredite el poder de representación legal, en caso de entidades que soliciten alta en la aplicación informática o que hayan modificado sus estatutos.
Observaciones:
La cuantía total máxima tiene carácter estimado y la concesión queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión. Los fondos no utilizados en una anualidad pasan automáticamente a la siguiente. Solo se concederán prórrogas con carácter excepcional y suficientemente motivadas. La evaluación intermedia se realizará al completar el segundo año de ejecución y podría derivar en la suspensión de la ayuda.