Inicio plazo de solicitud: 30/09/26
Fin plazo de solicitud: 26/10/26
Presupuesto: 8.000.000 €
Beneficiarios: empresas (incluidas spin-off y jóvenes empresas innovadoras), entidades privadas sin ánimo de lucro y administraciones públicas que no tengan la I+D+i entre sus fines ni como actividad a desarrollar, con residencia fiscal o establecimiento permanente en España y capacidad de contratación laboral
Organismo: Agencia Estatal de Investigación - Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades
Objetivos: Promover la realización de proyectos de investigación industrial o de desarrollo experimental en empresas y en otras entidades del entorno socioeconómico, en los que se enmarque una tesis doctoral, a fin de favorecer la incorporación de personal investigador en estas entidades desde los inicios de sus carreras profesionales, contribuir a la empleabilidad de estos investigadores e investigadoras y promover la incorporación de talento y de conocimiento en el tejido productivo y socioeconómico, así como favorecer la colaboración público-privada, para elevar la competitividad del mismo.
Tipo de abono: Anual anticipado
Intensidad de ayuda: hasta el 70% para pequeñas empresas y 100% para entidades sin ánimo de lucro
Máximo subvencionable: 143.770 €
Características:
- Las ayudas tendrán una duración de cuatro años.
- Las ayudas comprenden: costes directos de ejecución del proyecto (contratación, movilidad y otros gastos) y gastos de matrícula en enseñanzas de doctorado.
- Las ayudas siguen la modalidad de costes marginales.
- El coste de contratación máximo financiable anual por ayuda será de 34.400 euros. La retribución salarial mínima será de 25.400 euros brutos anuales.
- Se otorgará una única ayuda de 8.500 euros por persona contratada para gastos de movilidad (estancias en entidades de I+D).
- Se otorgará una única ayuda de 1.500 euros por persona contratada para gastos de matrícula en enseñanzas de doctorado, con una intensidad del 100%.
- Para otros gastos de ejecución del proyecto, el máximo de ayuda a conceder es de 40.000 euros por proyecto.
- Las intensidades brutas máximas de ayuda para proyectos de investigación industrial son: pequeñas empresas 70%, medianas empresas 60%, grandes empresas 50%. Para proyectos de desarrollo experimental: pequeñas empresas 45%, medianas empresas 35%, grandes empresas 25%.
- Las entidades privadas sin ánimo de lucro y administraciones públicas con actividades no económicas recibirán una intensidad del 100%.
- La subcontratación podrá alcanzar hasta el 50% del presupuesto financiable.
- El proyecto puede ejecutarse en la entidad beneficiaria o en colaboración con un organismo de investigación y difusión de conocimientos.
- Se reserva una cuantía máxima de 371.000 euros para contratación de personas con discapacidad igual o superior al 33%.
- Las pequeñas y medianas empresas y las entidades privadas sin ánimo de lucro y administraciones públicas podrán presentar como máximo una solicitud. Las grandes empresas podrán presentar un máximo de dos solicitudes.
- El pago de las ayudas se realizará con carácter anual por anticipado. No es necesaria la constitución de garantías.
Gastos elegibles:
- Gastos derivados de la contratación de la persona seleccionada (retribución dineraria bruta más cuota empresarial a la Seguridad Social), únicamente para puestos de trabajo ubicados en España.
- Gastos de movilidad: alojamiento y manutención (hasta 1.500 euros mensuales en centros nacionales y 1.950 euros mensuales en centros extranjeros) y locomoción.
- Otros gastos de ejecución del proyecto de I+D, conforme al artículo 8.4.a) de las bases reguladoras (excluidos terrenos, gastos financieros, asesoría financiera, garantías bancarias y amortización de bienes adquiridos antes de la publicación de la convocatoria).
- Gastos de matrícula en enseñanzas de doctorado (tutela académica y créditos formativos) en universidad española, pública o privada.
Criterios de evaluación:
- 1. Trayectoria académica y/o científico-técnica del candidato/a (0-20 puntos): 1.1 Trayectoria académica y aportaciones científico-técnicas (0-15); 1.2 Movilidad e internacionalización (0-5).
- 2. Adecuación del candidato/a a las actividades de investigación a desarrollar (0-20 puntos).
- 3. Plan de Formación (0-10 puntos).
- 4. Calidad y viabilidad científico-tecnológica de la actividad propuesta (0-30 puntos).
- 5. Impacto y efecto incentivador en la actividad de I+D+i de la entidad solicitante (0-20 puntos).
- Puntuación mínima para ser financiada: 60 puntos. En caso de empate se dirime por mayor puntuación en criterios 1, 1.1, 1.2, 4, 3, 2 y 5 por ese orden; después a favor de candidata mujer; finalmente a favor de la solicitud presentada primero.
Documentación a entregar:
- Instancia de solicitud cumplimentada y firmada electrónicamente por la representación legal de la entidad.
- Currículum Vítae de la persona propuesta (en español o inglés).
- Memoria científico-técnica del proyecto de I+D y del proyecto de tesis doctoral asociado (máximo 20 páginas, en español o inglés).
- Currículum vitae abreviado (CVA) de la persona responsable de la ejecución del proyecto en la entidad (máximo 4 páginas).
- En el caso de empresas de reciente creación (año 2024 o posterior): plan de negocio.
- En el caso de empresas sin cuentas registradas en el Registro Mercantil correspondientes a los ejercicios 2024 y 2025: cuentas cerradas y auditadas o aprobadas por los administradores de dichos ejercicios.
- Entidades privadas sin ánimo de lucro con proyecto ligado a actividades económicas: cuentas cerradas y auditadas de los ejercicios 2024 y 2025.
- En caso de delegación de la gestión en otra entidad: autorización expresa.
- Quienes participen en el turno de personas con discapacidad: documento acreditativo de grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Observaciones:
Los códigos BDNS 918684 y 931042 corresponden a un mismo texto de convocatoria. La cuantía total máxima podrá incrementarse con hasta 3.000.000 euros adicionales si se produce aumento de créditos disponibles antes de la concesión. La resolución de concesión se dictará en el plazo máximo de seis meses desde el fin del plazo de presentación de solicitudes. Las entidades beneficiarias dispondrán de 4 meses desde la publicación de la resolución de concesión para presentar los contratos laborales formalizados. La persona propuesta no puede ser sustituida en ninguna fase del procedimiento. Se deberán elaborar dos informes de seguimiento científico-técnico: uno intermedio (primeros 24 meses) y uno final.