miércoles, 30 de septiembre de 2026

Subvenciones a entidades de formación para acciones formativas en construcción 2026

Inicio plazo de solicitud: 01/10/26

Fin plazo de solicitud: 10/10/26

Presupuesto: 25.000.000 €

Beneficiarios: entidades de formación y agrupaciones de entidades de formación, públicas o privadas, acreditadas

Organismo: Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. Secretaría General de Formación Profesional

Objetivos: Conceder subvenciones a entidades de formación para la realización de acciones formativas vinculadas al Sistema de Formación Profesional dirigidas a personas trabajadoras, tanto ocupadas como desempleadas, en el sector de la construcción.

Máximo subvencionable: 6000000.00

Características:

  • Convocatoria de ámbito estatal en régimen de concurrencia competitiva.
  • Las entidades de formación deben estar acreditadas para los certificados de profesionalidad solicitados.
  • Las entidades deben estar constituidas con anterioridad al 1 de enero de 2021 y contar con al menos una persona contratada por cuenta ajena desde esa fecha.
  • Se podrán presentar agrupaciones de entidades de formación con presencia en el ámbito nacional.
  • El importe máximo solicitado por entidad o agrupación no podrá superar 6.000.000 euros en el conjunto de la convocatoria.
  • Los programas de formación podrán ejecutarse en modalidad presencial, teleformación o mixta.
  • No se permite la subcontratación de la ejecución de la actividad formativa con terceros.

Gastos elegibles:

  • Costes de impartición: personal propio y/o externo dedicado a la impartición de acciones formativas.
  • Preparación, tutorías y evaluación: hasta el 20% de los costes de impartición.
  • Elaboración y adquisición de material didáctico y bienes consumibles.
  • Alquiler, arrendamiento financiero o amortización de equipos didácticos y plataformas tecnológicas.
  • Alquiler o amortización de aulas, talleres y demás superficies utilizadas.
  • Desplazamientos, manutención y alojamiento de formadores y trabajadores ocupados participantes.
  • Seguros de accidentes, daños a terceros y/o responsabilidad civil de los participantes.
  • Costes de evaluación de la calidad de la formación.
  • Publicidad y difusión de las acciones formativas.
  • Costes indirectos: hasta el 10% del coste total de la actividad formativa realizada y justificada.
  • Módulo de formación práctica en centros de trabajo: hasta 3 €/alumno/hora para el tutor del centro de formación.

Criterios de evaluación:

  • Bloque I - Participantes en las acciones formativas (máximo 30 puntos): producto de horas de formación por trabajadores que se formarán (máximo 20 puntos) y grupos de trabajadores prioritarios (máximo 10 puntos).
  • Bloque II - Capacidad acreditada de la entidad solicitante (máximo 30 puntos): experiencia global en formación profesional con fondos públicos (máximo 15 puntos) y recursos destinados a la ejecución del plan formativo (máximo 15 puntos).
  • Bloque III - Acciones formativas que integran el plan de formación (máximo 40 puntos): adecuación a áreas prioritarias, diversificación de la oferta, niveles de formación y distribución territorial.
  • No se financiarán programas que obtengan menos de 50 puntos en la valoración técnica.

Documentación a entregar:

  • Documentación acreditativa de las facultades de representación del firmante.
  • Copia de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad.
  • Copia de la documentación de constitución de la entidad debidamente legalizada.
  • Copia de los estatutos de la entidad debidamente legalizados.
  • Copia de la acreditación o inscripción en el Registro de Entidades de Formación para los certificados de profesionalidad solicitados.
  • Declaración responsable de no hallarse incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003.
  • Programa de formación a desarrollar.
  • Informe de vida laboral de empresa (VILEM) correspondiente al periodo entre el 1 de enero de 2022 y la fecha de publicación de la convocatoria.
  • Documentación acreditativa de la capacidad económica y financiera (modelo 200 o análogo).
  • Declaración responsable de los formadores y personal de apoyo técnico-metodológico.

Observaciones:

Las bases reguladoras son la Orden EFP/705/2022, de 20 de julio, y su modificación por la Orden EFP/1189/2023, de 30 de octubre. El plazo de presentación de solicitudes es de diez días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el BOE. Las acciones formativas van dirigidas específicamente al sector de la construcción.