Inicio plazo de solicitud: 01/10/26
Fin plazo de solicitud: 10/10/26
Presupuesto: 25.000.000 €
Beneficiarios: entidades de formación y agrupaciones de entidades de formación, públicas o privadas, acreditadas
Organismo: Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. Secretaría General de Formación Profesional
Objetivos: Conceder subvenciones a entidades de formación para la realización de acciones formativas vinculadas al Sistema de Formación Profesional dirigidas a personas trabajadoras, tanto ocupadas como desempleadas, en el sector de la construcción.
Máximo subvencionable: 6000000.00
Características:
- Convocatoria de ámbito estatal en régimen de concurrencia competitiva.
- Las entidades de formación deben estar acreditadas para los certificados de profesionalidad solicitados.
- Las entidades deben estar constituidas con anterioridad al 1 de enero de 2021 y contar con al menos una persona contratada por cuenta ajena desde esa fecha.
- Se podrán presentar agrupaciones de entidades de formación con presencia en el ámbito nacional.
- El importe máximo solicitado por entidad o agrupación no podrá superar 6.000.000 euros en el conjunto de la convocatoria.
- Los programas de formación podrán ejecutarse en modalidad presencial, teleformación o mixta.
- No se permite la subcontratación de la ejecución de la actividad formativa con terceros.
Gastos elegibles:
- Costes de impartición: personal propio y/o externo dedicado a la impartición de acciones formativas.
- Preparación, tutorías y evaluación: hasta el 20% de los costes de impartición.
- Elaboración y adquisición de material didáctico y bienes consumibles.
- Alquiler, arrendamiento financiero o amortización de equipos didácticos y plataformas tecnológicas.
- Alquiler o amortización de aulas, talleres y demás superficies utilizadas.
- Desplazamientos, manutención y alojamiento de formadores y trabajadores ocupados participantes.
- Seguros de accidentes, daños a terceros y/o responsabilidad civil de los participantes.
- Costes de evaluación de la calidad de la formación.
- Publicidad y difusión de las acciones formativas.
- Costes indirectos: hasta el 10% del coste total de la actividad formativa realizada y justificada.
- Módulo de formación práctica en centros de trabajo: hasta 3 €/alumno/hora para el tutor del centro de formación.
Criterios de evaluación:
- Bloque I - Participantes en las acciones formativas (máximo 30 puntos): producto de horas de formación por trabajadores que se formarán (máximo 20 puntos) y grupos de trabajadores prioritarios (máximo 10 puntos).
- Bloque II - Capacidad acreditada de la entidad solicitante (máximo 30 puntos): experiencia global en formación profesional con fondos públicos (máximo 15 puntos) y recursos destinados a la ejecución del plan formativo (máximo 15 puntos).
- Bloque III - Acciones formativas que integran el plan de formación (máximo 40 puntos): adecuación a áreas prioritarias, diversificación de la oferta, niveles de formación y distribución territorial.
- No se financiarán programas que obtengan menos de 50 puntos en la valoración técnica.
Documentación a entregar:
- Documentación acreditativa de las facultades de representación del firmante.
- Copia de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad.
- Copia de la documentación de constitución de la entidad debidamente legalizada.
- Copia de los estatutos de la entidad debidamente legalizados.
- Copia de la acreditación o inscripción en el Registro de Entidades de Formación para los certificados de profesionalidad solicitados.
- Declaración responsable de no hallarse incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003.
- Programa de formación a desarrollar.
- Informe de vida laboral de empresa (VILEM) correspondiente al periodo entre el 1 de enero de 2022 y la fecha de publicación de la convocatoria.
- Documentación acreditativa de la capacidad económica y financiera (modelo 200 o análogo).
- Declaración responsable de los formadores y personal de apoyo técnico-metodológico.
Observaciones:
Las bases reguladoras son la Orden EFP/705/2022, de 20 de julio, y su modificación por la Orden EFP/1189/2023, de 30 de octubre. El plazo de presentación de solicitudes es de diez días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el BOE. Las acciones formativas van dirigidas específicamente al sector de la construcción.