Fin del plazo de solicitud: 15/06/26
Presupuesto: 272.300 €
Beneficiarios: personas físicas, personas jurídicas privadas, comunidades de bienes y explotaciones agrarias de titularidad compartida, titulares de explotaciones agrarias en Tenerife a cota superior a 300 metros sobre el nivel del mar, con superficie mínima de 2.000 m² sembrados, inscritos en REGEPA o REAC. No podrán ser beneficiarias las cooperativas o empresas dedicadas exclusivamente a la comercialización.
Organismo: Cabildo Insular de Tenerife
Objetivos: Promocionar prácticas agrarias encaminadas a minimizar los daños causados por la polilla guatemalteca de la papa, Tecia solanivora (Povolny), así como al mantenimiento de la calidad agronómica de los suelos en la isla de Tenerife.
Máximo subvencionable: 10000
Características:
- Convocatoria en régimen de concurrencia no competitiva. Se otorgan a todos los solicitantes que cumplan los requisitos, siempre que el importe asignado no supere el coste total de la actividad.
- Se establecen cuatro líneas de ayuda: Línea 1 (rotación de cultivos o cultivos intercalares), Línea 2 (adquisición de productos fitosanitarios con materia activa Azadiractin y/o Bacillus thurigiensis y feromonas sexuales), Línea 3 (suelta por empresa especializada de enemigos naturales Copidosoma koehleri y/o Trichogramma achaeae), Línea 4 (retirada para eliminación de papas afectadas).
- Las personas solicitantes podrán concurrir a varias líneas. Se bonifican las solicitudes que realicen tres o más medidas: incremento del 10% por 3 medidas y del 20% por 4 medidas.
- La cuantía máxima a percibir por cada beneficiario es de 10.000,00 €.
- Si el crédito resulta insuficiente, las cuantías se reducirán proporcionalmente para atender todas las solicitudes con derecho a subvención.
- Estas ayudas son compatibles con otras subvenciones, siempre que no se supere el coste total de la actividad subvencionada.
Gastos elegibles:
- Línea 1: Rotación de cultivos o cultivos intercalares (1.000,00 €/ha, máximo 3.000,00 €/solicitante). Plazo de ejecución: 1 de noviembre de 2025 a 15 de julio de 2026.
- Línea 2: Adquisición de productos fitosanitarios con materia activa Azadiractin 2,6%, Azadiractin 1% o Bacillus thurigiensis, y/o feromonas sexuales de Tecia solanivora (1.000,00 €/ha, máximo 2.000,00 €/solicitante). Plazo: 1 de julio de 2025 a 31 de marzo de 2026.
- Línea 3: Suelta por empresa especializada de enemigos naturales Copidosoma koehleri y/o Trichogramma achaeae (1.000,00 €/ha, máximo 2.000,00 €/solicitante). Plazo: 1 de julio de 2025 a 31 de mayo de 2026.
- Línea 4: Retirada para eliminación de papas afectadas por la polilla guatemalteca a través de vías habilitadas por el Cabildo Insular, hasta un máximo de 20.000 kg/ha (0,35 €/kg de papa depositada, máximo 3.500,00 €/solicitante). Plazo: 1 de junio a 15 de agosto de 2026.
Documentación a entregar:
- Modelo normalizado de solicitud oficial firmado por el solicitante o representante legal, disponible en https://sede.tenerife.es.
- Personas físicas: DNI (si se opone a la intermediación electrónica).
- Personas jurídicas privadas: NIF (si se opone a intermediación), escritura pública y/o acuerdo de constitución, estatutos y acreditación de representación.
- Comunidades de Bienes: NIF, acuerdo de constitución, DNI de cada comunero (si se opone a intermediación) y acreditación de representación.
- Explotaciones de Titularidad Compartida: NIF, acuerdo de voluntades de constitución y certificado de inscripción en el REATC, DNI de cada titular (si procede) y acreditación de representación.
- Certificaciones de estar al corriente con AEAT, Administración Tributaria Canaria y Cabildo Insular (si no se autoriza consulta).
- Certificado de estar al corriente con la Tesorería General de la Seguridad Social (salvo oposición expresa).
- Documento de alta o modificaciones de terceros debidamente cumplimentado.
- Línea 2 (documentación específica): factura de establecimiento autorizado emitida entre el 1 de julio de 2025 y el 31 de marzo de 2026, y cuaderno de campo con los tratamientos y/o colocación de feromonas.
- Línea 3 (documentación específica): factura de la empresa que realice la suelta (entre el 1 de julio de 2025 y el 31 de mayo de 2026) y cuaderno de campo con las sueltas.
- Línea 1 (documentación adicional): si las parcelas no están en las bases de datos de la Consejería o del Cabildo, documentación acreditativa de que la parcela cumple el requisito de la Base 3, Punto B1.
Observaciones:
Publicado en BOP nº 57 , del 13-5-26, Pág 12676. El procedimiento de concesión es de concurrencia no competitiva. Las solicitudes que realicen tres o más medidas reciben bonificación del 10% (3 medidas) o 20% (4 medidas) sobre la subvención calculada. La cuantía máxima por beneficiario es de 10.000,00 €. Las notificaciones se realizan mediante anuncio en la sede electrónica https://sede.tenerife.es. El plazo para resolver es de 6 meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Número de expediente: E2026002937.