viernes, 1 de mayo de 2026

Premios Nacionales de Juventud

Beneficiarios: Personas físicas menores de 30 años con nacionalidad española o residencia legal en España

Organismo: Ministerio de Juventud e Infancia

Objetivos: Estimular y reconocer la trayectoria y el esfuerzo de personas jóvenes que ponen de manifiesto su compromiso en distintos ámbitos de la sociedad

Características:

  • Se establecen seis categorías: compromiso social y derechos humanos, cultura, medio ambiente, deporte, investigación científica y economía social.
  • Las candidaturas no pueden ser presentadas directamente por las personas candidatas, sino por entidades públicas o privadas relacionadas con las categorías o por personas físicas de reconocido prestigio.
  • Cada candidatura solo podrá presentarse en una de las seis categorías; la presentación en más de una será motivo de exclusión.
  • Las personas ganadoras de anteriores ediciones no podrán ser candidatas de nuevo.
  • Podrán concederse menciones honoríficas sin dotación económica, que recibirán un diploma de reconocimiento.
  • La resolución con las personas premiadas se publicará en el BOE en el plazo máximo de seis meses desde la publicación de la convocatoria.
  • Los premios son compatibles con otros premios, subvenciones y ayudas de organismos públicos o privados, nacionales o internacionales.

Criterios de evaluación:

  • Carácter modélico y de buena práctica: calidad, capacidad de liderazgo, carácter inspirador y posibilidad de replicabilidad (de 0 a 15 puntos).
  • Impacto positivo: carácter interseccional, capacidad transformadora social, perspectiva de género, capacidad de mejora real o potencial y repercusión y difusión (de 0 a 15 puntos).
  • Carácter innovador: en objetivos, diseño, metodología y resultados (de 0 a 10 puntos).
  • Respaldo institucional, potencial de desarrollo y capacidad de generar colaboraciones con otros agentes (de 0 a 10 puntos).

Documentación a entregar:

  • Identificación de la persona candidata (autorización de verificación de identidad o copia del DNI en caso de oposición expresa).
  • Documentación acreditativa de la persona física o jurídica que postula la candidatura.
  • Documento de consentimiento de la persona candidata o su representante o tutor/a legal para la presentación de la candidatura.
  • Declaración expresa de consentimiento para el tratamiento de datos personales conforme al RGPD y la LO 3/2018.
  • Autorización expresa para el uso del nombre, imagen y documentación técnica en el portal del INJUVE y materiales de difusión, así como para grabación y emisión audiovisual del acto de entrega.
  • Documentación que permita valorar los criterios de otorgamiento del artículo 12, en los términos establecidos en cada convocatoria.
  • Cualquier otra documentación que requiera la convocatoria específica.

Observaciones:

Este documento establece las bases reguladoras; la dotación económica, cuantía individualizada y plazo de presentación se determinarán en cada convocatoria anual. Los premios están excluidos del ámbito de aplicación de la Ley 38/2003 General de Subvenciones. Deroga la Orden SCB/960/2018, de 10 de septiembre.