jueves, 28 de mayo de 2026

Subvención agricultura ecológica, compromisos de gestión agroambiental (6503) PEPAC 2023-2027

Fin del plazo de solicitud: 28/06/26

Presupuesto: 88.400 €

Beneficiarios: pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica; agricultores, ganaderos y agrupaciones agrícolas o ganaderas titulares de explotaciones agrarias inscritas en Canarias, que sean beneficiarios reiterantes de 2024 y 2025

Organismo: Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria

Objetivos: Financiar los gastos derivados de la adopción de metodologías de producción ecológica que garanticen a largo plazo una agricultura y ganadería sostenible, así como la protección de los recursos naturales.

Tipo de abono: Pago por superficie; 20% mediante transferencia de Entidad Colaboradora y 80% a través de transferencia de la Tesorería General de la Comunidad Autónoma de Canarias

Características:

  • Subvención enmarcada en la intervención 6503 del Plan Estratégico de la PAC (PEPAC) 2023-2027 para la Región de Canarias.
  • Cofinanciada por la UE en un 80%, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en un 6%, y la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria en un 14%.
  • Solo pueden solicitar esta convocatoria 2026 quienes fueron beneficiarios iniciales en 2024 y reiterantes en 2025 (beneficiarios reiterantes).
  • Deben mantener al menos el 80% de la superficie de las actuaciones originariamente subvencionadas en la misma ubicación.
  • Las actuaciones podrán subvencionarse durante un periodo máximo de 5 años consecutivos desde la primera concesión, con posibilidad de prórrogas anuales.
  • Pago directo por superficie a los beneficiarios que se comprometan a adoptar las prácticas y métodos de producción ecológica definidos en el Reglamento (UE) n.º 2018/848.
  • La subvención es incompatible con otras ayudas o subvenciones para la misma finalidad con carácter general.
  • Las solicitudes se presentarán en forma electrónica a través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias (https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/).
  • El plazo de resolución y notificación es de doce meses contados desde la publicación en el BOC.

Gastos elegibles:

  • Compromisos para adoptar o mantener las prácticas y métodos de agricultura ecológica definidos en el Reglamento (UE) n.º 2018/848 sobre Producción Ecológica y Etiquetado de los productos ecológicos.
  • Actuaciones de conversión a la agricultura ecológica: herbáceos de secano (eC.01), herbáceos de regadío (eC.02), frutales de fruto seco (eC.03), frutales de pepita (eC.04), frutales de hueso (eC.05), cítricos (eC.06), subtropicales (eC.07), plátanos (eC.08), hortícolas al aire libre (eC.09), hortícolas bajo invernadero (eC.10), viña (eC.11), tomate (eC.12), ganadería ecológica (eC.13).
  • Actuaciones de mantenimiento de la agricultura ecológica: herbáceos de secano (eM.14), herbáceos de regadío (eM.15), frutales de fruto seco (eM.16), frutales de pepita (eM.17), frutales de hueso (eM.18), cítricos (eM.19), subtropicales (eM.20), plátanos (eM.21), hortícolas al aire libre (eM.22), hortícolas bajo invernadero (eM.23), viña (eM.24), tomate (eM.25), ganadería ecológica (eM.26).

Criterios de evaluación:

  • a) Superficie afectada por la intervención de agricultura ecológica situada en la Red Natura 2000: de 15 puntos (menor de 1.000 m²) a 25 puntos (mayor de 9.000 m²).
  • b) Altitud media de la superficie afectada por la actuación: 1 punto (menor de 300 m), 2 puntos (entre 300 y 600 m), 3 puntos (entre 600 y 900 m), 4 puntos (mayor de 900 m).
  • c) Pendiente media de la superficie afectada por la actuación: 1 punto (menor del 5%), 2 puntos (entre 5% y 10%), 3 puntos (entre 10% y 15%), 4 puntos (mayor del 15%).
  • En caso de empate se aplica la fórmula: (Superficie aprobada)/150.000, redondeada hasta el cuarto decimal.

Documentación a entregar:

  • Solicitud en modelo normalizado presentada a través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias.
  • Anexo IV: Previsión de planificación de cultivos (de obligado cumplimiento y presentación).
  • En el supuesto de personas jurídicas con vinculación con otras sociedades: nombre y NIF/IVA de la sociedad matriz, sociedad matriz última y filiales.

Observaciones:

Las subvenciones están cofinanciadas por la Unión Europea (80%), Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (6%) y Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria - ICCA (14%). Los créditos previstos se podrán incrementar sin que requiera nueva convocatoria. La resolución queda sujeta a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente. Se exceptúa la obligación de presentar plan de financiación y previsión de ingresos y gastos.