Fin del plazo de solicitud: 15/09/26
Presupuesto: 9.550.000 €
Beneficiarios: pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica en agricultura, ganadería, silvicultura y pesca; titulares de explotaciones agrarias inscritas en REA o REGA; cooperativas, SAT u otras agrupaciones agrarias; personas físicas o jurídicas que prestan servicios agromecánicos; agrupaciones de tratamientos integrados en agricultura y agrupaciones de defensa sanitaria ganadera
Organismo: Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Objetivos: Renovar el parque español de maquinaria agrícola, incluyendo tractores, maquinaria automotriz y maquinaria arrastrada y suspendida, con el fin de reducir significativamente las emisiones de NO2, otros gases contaminantes y partículas, así como del consumo de gasóleo.
Intensidad de ayuda: 30 %
Máximo subvencionable: 27000
Características:
- Concesión directa por riguroso orden de presentación de solicitudes hasta agotamiento de fondos.
- Se establecen tres líneas de ayudas: una para sembradoras de siembra directa (3.000.000 euros), otra para equipos de agricultura de precisión (1.550.000 euros) y otra para el resto de máquinas (5.000.000 euros).
- La subvención se concederá solo por un único tractor, máquina o equipo de agricultura de precisión nuevos por beneficiario y convocatoria.
- No se concederán subvenciones por importe inferior a 1.000 euros, salvo para dispositivos de aplicación localizada de purines o equipos de agricultura de precisión, cuyo límite mínimo es 600 euros.
- Los beneficiarios no podrán enajenar la nueva maquinaria durante un período de cinco años desde su inscripción en el ROMA.
- Maquinaria subvencionable: tractores agrícolas, máquinas automotrices, máquinas arrastradas y suspendidas, y equipos de agricultura de precisión (incluidos robots agrícolas).
- Las solicitudes se presentarán exclusivamente por vía electrónica a través de la sede electrónica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (www.mapa.es).
- La fase de emisiones más avanzada posible que aporta la prima es la Fase V.
Gastos elegibles:
- Adquisición de tractores agrícolas nuevos.
- Adquisición de máquinas automotrices nuevas: de recolección, de aplicación de productos fitosanitarios, de aplicación de productos fertilizantes, cisternas para aplicación localizada de purines, equipos de manipulación y carga y trituradoras de residuos vegetales.
- Adquisición de máquinas arrastradas o suspendidas nuevas: sembradoras directas, abonadoras, equipos de aplicación de productos fitosanitarios, trituradoras de residuos vegetales, equipos para el mantenimiento de cubiertas vegetales y cisternas de purín con sistemas de aplicación localizada.
- Adquisición de equipos de agricultura de precisión: sensores NIR, sistemas de autoguiado, sistemas de adaptación de máquinas para trabajo variable, kits de adaptación ISOBUS y robots agrícolas.
- Accesorios de aplicación localizada de purín para cisternas en uso.
Documentación a entregar:
- Acreditación de tipo de beneficiario (certificado de inscripción censal para servicios agromecánicos o documentación de constitución para agrupaciones).
- Factura de compra con fecha, sello, firma o firma digital del punto de venta, datos del adquirente, marca, modelo, versión, clasificación energética, fase de emisiones, número de bastidor o serie y precio neto sin IVA o IGIC.
- Ficha técnica de la máquina adquirida con fase de emisiones para tractores y máquinas automotrices, o certificado del fabricante si no aparece.
- Documentación acreditativa de titularidad para máquinas no inscritas en el ROMA, o modelo del anexo I de las bases reguladoras.
- Copia de la ficha técnica del tractor o máquina a achatarrar, o declaración responsable en su caso.
- Copia del informe de ITV del tractor o máquina a achatarrar, si procede.
- Compromiso de achatarrar la maquinaria sustituida antes del 15 de noviembre del año de la solicitud.
- Compromiso de dar de baja en el Registro de Vehículos si la maquinaria está inscrita en Tráfico.
- Datos de cuenta bancaria y certificado bancario que acredite la titularidad a nombre del beneficiario.
- Documentación acreditativa de representación para personas jurídicas (certificado de inscripción en Registro Mercantil, Modelo 200 o poder notarial).
- Solicitud firmada y fechada por el beneficiario con las declaraciones responsables requeridas.
- Documentación acreditativa de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Declaración responsable de no ser deudor por resolución de procedimiento de reintegro (anexo VI de bases reguladoras).
- Para dispositivos de localización de purín: anexo III (cisternas nuevas) o anexo IV (cisternas en uso) de las bases reguladoras.
- Contrato de leasing o renting con duración mínima de 5 años, si procede.
- Autorización del titular anterior según modelo del anexo VII, si procede.
- Libro de familia o certificado de nacimiento para acreditar familiar de primer grado, si procede.
- Declaración responsable de uso 100% biocombustible para tractores que se acojan a dicha bonificación.
- Para equipos de agricultura de precisión (excepto robots): certificado de compatibilidad del fabricante según anexo II de la convocatoria.
- Para robots agrícolas: certificado de inscripción en ROMA a nombre del beneficiario.
Observaciones:
La presente convocatoria incluye como novedad los robots agrícolas dentro de los equipos de agricultura de precisión. La orden surtirá efectos a partir del día siguiente de la publicación de su extracto en el BOE. El presupuesto máximo es de 9.550.000 euros distribuidos en tres líneas: 3.000.000 euros para sembradoras de siembra directa, 1.550.000 euros para equipos de agricultura de precisión y 5.000.000 euros para el resto de máquinas. Las subvenciones son compatibles con otras en los términos del artículo 14 del Real Decreto 1055/2021. El importe total de ayudas concurrentes no podrá superar el 50% del coste para medianas empresas ni el 60% para pequeñas empresas y microempresas. Las bases reguladoras son el Real Decreto 1055/2021, de 30 de noviembre (BOE-A-2021-20731), con última modificación el 24 de abril de 2024 y vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026.