Fin del plazo de solicitud: 30/06/26
Presupuesto: 430.000 €
Beneficiarios: ayuntamientos de la isla de Tenerife y su sector público institucional (organismos autónomos y entidades públicas empresariales)
Organismo: Cabildo Insular de Tenerife
Objetivos: Financiar parcialmente los gastos de contratación, producción y exhibición de actividades de artes escénicas y musicales realizados por los ayuntamientos de la isla de Tenerife en sus espacios públicos destinados a tales fines.
Tipo de abono: Pago único mediante transferencia bancaria a partir de la fecha en que se dicten las resoluciones de concesión
Intensidad de ayuda: 50 %
Máximo subvencionable: 40000
Características:
- Cuatro modalidades subvencionables: A) Programación de funciones de artes escénicas y musicales (370.000 €); B) Actividades de mediación (25.000 €); C) Residencias artísticas (25.000 €); D) Actividades de formación de técnicos municipales (10.000 €).
- Un mismo beneficiario puede ser perceptor de ayudas con cargo a las cuatro modalidades.
- Solo se podrá presentar una entidad por municipio.
- Las actividades subvencionables deberán desarrollarse entre el 1 de junio de 2026 y el 31 de mayo de 2027.
- Las propuestas escénicas y musicales deberán seleccionarse del Catálogo de Artes Escénicas gestionado por Auditorio de Tenerife S.A.U.
- El pago se realizará mediante transferencia bancaria en un único pago sin necesidad de constitución de garantía.
- Compatibles con otras subvenciones, siempre que no se supere el 100% del coste de la actividad.
Gastos elegibles:
- Modalidad A: hasta el 50% del caché de cada espectáculo programado (70% en espectáculos de danza); solo una función por espectáculo programado.
- Modalidad B: hasta el 50% de los gastos de producción y caché de las actividades de mediación.
- Modalidad C: hasta el 50% de los gastos de producción y caché de las residencias artísticas.
- Modalidad D: tasas de inscripción de ferias o mercados, traslados, alojamiento y manutención del técnico/a municipal, hasta un máximo del 50% del total abonado.
- No subvencionables: seguros de viaje, adquisición y financiación de bienes inmuebles y material inventariable, gastos no razonablemente necesarios para el proyecto, alquiler de espacios para las actividades.
Criterios de evaluación:
- Modalidades B y C (Mediación y Residencias): a) Calidad y solvencia artística y técnica de los contenidos de la propuesta, con especial atención a la contemporaneidad de las actividades y la capacidad para generar procesos artísticos nuevos (6 puntos); b) Interés del proyecto por su aportación al equilibrio de la oferta cultural de la isla y la relación del proyecto con el entorno en el que se pretende desarrollar (4 puntos).
- Modalidad D (Formación): a) Pertinencia y relevancia de las ferias o mercados a los que se pretende asistir (6 puntos); b) Relación de las ferias previstas con la trayectoria de la programación del espacio escénico que gestiona el municipio solicitante (4 puntos).
- Modalidad A (Programación): fórmula de reparto basada en el esfuerzo presupuestario de la entidad local en relación con el número de habitantes del municipio (Cm = Pm x Ii), garantizando una cantidad inicial de 10.000 € por entidad que cumpla requisitos.
Documentación a entregar:
- Documentación común: declaración responsable firmada por el/la alcalde/sa o presidente/a; certificación del secretario/a acreditando personalidad y cargo del representante; presupuesto de ingresos y gastos subvencionables.
- Modalidad A: proyecto de programación con compañías, artistas, denominación de espectáculos, fechas y espacios escénicos.
- Modalidad B: dossier con proyecto de mediación, relación de actividades, fechas, espacios y adaptación al entorno.
- Modalidad C: dossier con propuesta artística de residencia, fechas, espacios, adaptación al entorno y avance de resultados; declaración responsable sobre condiciones de seguridad del espacio.
- Modalidad D: memoria con detalle de ferias o mercados, motivación, fechas y lugares; certificado del secretario/a que acredite la condición de empleado público de las personas para las que se solicita formación.
Observaciones:
Publicado en BOP nº 69, de 10-6-26 , Pág 15876. Las programaciones incluidas en programas festivos y tradicionales de carácter anual, las actividades dirigidas a centros de enseñanza y las funciones que formen parte de proyectos con subvención ya otorgada por el Cabildo de Tenerife quedan excluidas. La modalidad D solo puede solicitarse para empleados y empleadas públicos con al menos 2 años de experiencia en gestión cultural; quedan excluidos empleados de empresas privadas, cargos electos, personal directivo y personal eventual.