lunes, 6 de julio de 2026

Subvenciones para la creación, producción y desarrollo de proyectos audiovisuales 2026

Plazo fin de solicitud: 26/07/26

Presupuesto: 900.000 €

Beneficiarios: empresas o empresarios y empresarias individuales con sede social o domicilio fiscal en la isla de Tenerife, inscritos como productoras audiovisuales en el Registro de Empresas Audiovisuales de Canarias o en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales del Ministerio de Cultura

Organismo: Consejería Insular de Cultura, Museos y Deportes. Cabildo Insular de Tenerife

Objetivos: Fomentar la creación artística audiovisual y promover la generación de nuevas propuestas narrativas de especial valor artístico audiovisual y cinematográfico en la isla de Tenerife.

Tipo de abono: Pago único

Intensidad de ayuda: 100 %

Máximo subvencionable: 90.000 €

Características:

  • Modalidad A: producción de largometrajes de imagen real y animación a partir de 400.000 €, máximo 4 proyectos, importe fijo de 90.000 € por proyecto, plazo máximo 36 meses, finalización antes del 31 de diciembre de 2028.
  • Modalidad B: producción de largometrajes de imagen real y animación a partir de 80.000 €, máximo 7 proyectos, importe fijo de 45.000 € por proyecto, plazo máximo 36 meses, finalización antes del 31 de diciembre de 2028.
  • Modalidad C: producción de cortometrajes de imagen real y animación, duración igual o inferior a 30 minutos, máximo 8 proyectos de imagen real a 10.000 € y 2 de animación a 20.000 €, plazo máximo 24 meses, finalización antes del 31 de diciembre de 2027.
  • Modalidad D: desarrollo de largometrajes de imagen real y animación, máximo 7 proyectos, importe fijo de 15.000 € por proyecto, plazo máximo 24 meses, finalización antes del 31 de diciembre de 2027.
  • Concurrencia competitiva. Mínimo 60 puntos para obtener la condición de beneficiario.
  • Un mismo solicitante no podrá ser beneficiario de más de una subvención por modalidad ni más de tres proyectos de distintas modalidades en total.
  • Pago en un único pago mediante transferencia bancaria sin necesidad de constitución de garantía.
  • Las subvenciones de 60.000 € o más deberán presentar informe de auditor de cuentas inscrito en el ROAC.
  • Subvenciones compatibles con otras ayudas siempre que no superen el 100% del coste del proyecto.

Gastos elegibles:

  • Gastos que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido.
  • En Modalidad D: mejora del guión, búsqueda de localizaciones, identificación del casting, gestiones para el logro de recursos económicos, planes iniciales de venta, asesoramientos de terceros en aspectos tecnológicos, adquisición de derechos e investigación en archivos.
  • Solo gastos correspondientes al período desde el 1 de enero de 2026 hasta el fin del plazo de justificación.
  • No subvencionables: adquisición y financiación de bienes inmuebles y material inventariable; gastos no razonablemente necesarios o cuyo importe no quede determinado de forma fiable; importe del IGIC deducible cuando el beneficiario esté obligado a declararlo.
  • Gastos sujetos a limitación: productor/a ejecutivo/a no podrá exceder del 5% de la cuantía total; director/a no podrá exceder del 15%; una misma persona con múltiples funciones no podrá superar el 30% del total presupuestado.

Criterios de evaluación:

  • Modalidad A (100 pts): calidad y creatividad del proyecto (40), autoría y producción insular (15), igualdad de género (10), presupuesto de gastos y plan de financiación (15), estrategia de difusión (10), viabilidad del proyecto (5), coproducción internacional (5).
  • Modalidad B (100 pts): calidad y creatividad del proyecto (40), autoría y producción insular (20), igualdad de género (10), presupuesto de gastos y plan de financiación (15), estrategia de difusión (10), viabilidad del proyecto (5).
  • Modalidad C (100 pts): calidad y creatividad del proyecto (40), autoría y producción insular (20), igualdad de género (10), presupuesto de gastos y plan de financiación (15), estrategia de difusión (10), viabilidad del proyecto (5).
  • Modalidad D (100 pts): calidad y creatividad del proyecto (45), autoría y producción insular (15), igualdad de género (5), presupuesto de gastos y plan de financiación (15), estrategia de difusión (10), viabilidad del proyecto (10).
  • Mínimo 60 puntos para obtener la condición de beneficiario.

Documentación a entregar:

  • Formulario de solicitud normalizado a través de sede electrónica https://sede.tenerife.es/es
  • Anexo I: documentación específica según modalidad (memoria explicativa, historial profesional, guión definitivo, biblia del proyecto en animación, documentos acreditativos de autobaremación).
  • Anexo II: autobaremación de los criterios b) y c) en formato hoja de cálculo editable.
  • Contrato o declaración responsable firmada por la persona propietaria intelectual de la obra.
  • Presupuesto estimado de gastos y plan de financiación coincidentes en cuantía.
  • Escrituras de constitución y estatutos de la entidad solicitante, si es persona jurídica.
  • Acreditación de estar inscrito como productor audiovisual independiente en el Registro de Empresas Audiovisuales de Canarias o en el ICAA.
  • Documento que acredite sede social y domicilio fiscal en la isla de Tenerife desde el 1 de enero de 2021 (personas jurídicas).
  • Documento que acredite residencia en Tenerife desde el 1 de enero de 2021 (personas físicas no nacidas en Tenerife).
  • Solo para Modalidad A: resolución favorable o resguardo de solicitud de coproducción internacional ante el ICAA, si procede.

Observaciones:

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días naturales a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP de Santa Cruz de Tenerife. Cada solicitante podrá presentar hasta cinco (5) proyectos y un máximo de dos (2) por modalidad. Quedan excluidos los operadores de televisión y otros prestadores de servicios de comunicación audiovisual. Publicado en BOP nº 78, 1-7-26, pág. 18139.