lunes, 3 de agosto de 2026

Dotación de servicio de alimentación eléctrica para viviendas afectadas por erupción volcánica

Bases Convocatoria BNDS Sede CNC

Fin del plazo de solicitud: 17/08/26

Presupuesto: 180.000 €

Beneficiarios: personas físicas titulares de licencias para construcción o reconstrucción de edificaciones residenciales afectadas por la erupción volcánica en La Palma, inscritas en el registro de afectados

Organismo: Cabildo Insular de La Palma

Objetivos: Restablecer las condiciones mínimas de habitabilidad y calidad de vida de las personas damnificadas, asegurando el suministro eléctrico en viviendas afectadas o destruidas por la erupción volcánica mediante conexión a red de baja tensión y/o sistemas autónomos de origen renovable.

Tipo de abono: Pago único por transferencia bancaria una vez notificada la resolución de concesión

Intensidad de ayuda: 100 %

Máximo subvencionable: 9500

Características:

  • Procedimiento de concesión directa por orden de entrada de solicitud con expediente completo hasta agotar el crédito presupuestario.
  • Actuación 1: sistemas autónomos de generación de energía renovable y almacenamiento energético en baterías (fotovoltaico mínimo 4 kW, baterías mínimo 5 kW, mini eólica opcional mínimo 1 kW).
  • Actuación 2: sistemas autónomos de generación de energía renovable y conexión a la red en baja tensión (fotovoltaico mínimo 4 kW, mini eólica opcional mínimo 1 kW).
  • Solo es posible optar por una de las actuaciones; si se seleccionan las dos, se entiende que se opta por la actuación 2.
  • La cuantía de la subvención no excederá en ningún caso del 100% de la inversión realizada subvencionable.
  • No es subvencionable la adquisición mediante leasing, renting ni arrendamiento.
  • Plazo máximo de resolución y notificación: seis meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Gastos elegibles:

  • Estructura de fijación de módulos fotovoltaicos.
  • Módulos fotovoltaicos.
  • Inversor.
  • Elementos de conexión (canalizaciones, conductores, registros, etc.).
  • Conjunto de protecciones, elementos de seguridad, de maniobra, de medida y auxiliares, sistemas de alimentación de vehículo eléctrico (SAVE) o Wallbox.
  • Acumulación y baterías.
  • Mano de obra para la instalación fotovoltaica de autoconsumo o mediante tecnología mini eólica.
  • Legalización de la instalación.
  • Obtención de permisos y certificaciones técnicas, boletines eléctricos y contratación de personal técnico cualificado.
  • Adquisición de aerogeneradores de pequeño tamaño (mini eólica), inversores, sistemas de control y monitorización y equipamiento auxiliar.
  • Instalación de estructuras de soporte, cables, cuadros eléctricos y trabajos de integración.
  • Para actuación 2: infraestructuras necesarias para la conexión a la red (transformadores, líneas de distribución, sistemas de protección, contadores eléctricos, caja general de protección, línea general de alimentación, etc.).
  • Adaptación de infraestructuras internas a las exigencias técnicas de la conexión a la red de baja tensión.

Documentación a entregar:

  • Solicitud de subvención y declaración responsable conforme a modelo normalizado (Anexo I), debidamente cumplimentado y firmado.
  • Documento de identidad (DNI/NIE) de la persona solicitante o representante.
  • Documentación acreditativa de la representación, en su caso (Anexo II).
  • Justificante de inscripción en el Registro de personas afectadas por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma.
  • Licencia municipal para la construcción, reconstrucción, restablecimiento o reubicación de edificación residencial al amparo del Decreto ley 1/2022 o de la Ley 2/2024.
  • Certificación de hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias (estatal y autonómica), con la Seguridad Social y con el Cabildo Insular de La Palma, o autorización para recabar dichos datos (Anexo III).
  • Modelo de Alta de Tercero del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, debidamente cumplimentado, firmado y sellado por la entidad bancaria.

Observaciones:

El plazo de presentación de solicitudes es de diez (10) días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOP de Santa Cruz de Tenerife. Se prevé expresamente la posibilidad de convocatoria abierta y tramitación anticipada. Excepcionalmente, se prevé una cuantía adicional máxima de 220.000,00 € sin nueva convocatoria, condicionada a disponibilidad de crédito. El plazo de ejecución es de 20 meses desde el cobro de la subvención. Los beneficiarios deberán colocar placa o cartel en fachada durante seis meses desde la publicación de la resolución definitiva de concesión.