jueves, 10 de septiembre de 2026

Proyectos de Educación Ambiental para la Sostenibilidad e investigación sobre desinformación climática

Inicio plazo de solicitud: 11/09/26

Fin plazo de solicitud: 10/11/26

Presupuesto: 7.000.000 €

Beneficiarios: línea a): entidades y organizaciones sin ánimo de lucro, organismos públicos de investigación, universidades públicas, colegios profesionales. línea b): organismos públicos de investigación, universidades públicas.

Organismo: Fundación Biodiversidad, F.S.P. - Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Objetivos: Cofinanciar actuaciones que contribuyan a fortalecer el conocimiento científico, la innovación y la generación de evidencias en el ámbito de la Educación Ambiental para la Sostenibilidad, dando respuesta a los principales retos ecosociales y favoreciendo una transición ecológica justa.

Intensidad de ayuda: 80 %

Máximo subvencionable: 200000.00

Características:

  • Convocatoria en régimen de concurrencia competitiva con dos líneas de ayuda diferenciadas.
  • Línea A) orientada a contribuir al Plan de Acción de Educación Ambiental para la Sostenibilidad 2026-2032.
  • Línea B) orientada al estudio multidisciplinar y prevención de la desinformación climática y fortalecimiento de la cultura científica y el pensamiento crítico.
  • Dotación máxima global de 7.000.000,00 €, con 3.500.000,00 € por línea. El remanente no concedido en una línea puede transferirse a la otra.
  • Máximo de ayuda por propuesta presentada por línea: 200.000,00 €.
  • Porcentaje máximo de subvención del 80% para las dos líneas de ayuda.
  • Plazo de ejecución de 2 años desde la publicación de la resolución, con prórroga máxima de 6 meses adicionales.
  • Las actuaciones deberán comenzar en el plazo máximo de 6 meses desde la publicación de la resolución.
  • Se admite una propuesta como máximo por entidad solicitante por línea; una misma entidad puede presentar propuesta a las dos líneas.
  • Los Centros Nacionales del CSIC pueden presentar una propuesta cada uno.
  • Posibilidad de solicitar anticipo de hasta el 50% de la subvención concedida, con obligación de constituir garantía.
  • Las entidades no lucrativas que realicen proyectos o programas de acción ambiental quedan eximidas de presentar garantía por anticipo.
  • Subcontratación permitida hasta el 50% del importe total del proyecto.
  • Gastos indirectos justificables mediante tanto alzado sobre gastos directos, hasta un máximo del 10%.
  • Las entidades pueden contar con una desviación del 15% entre partidas presupuestarias justificadas.
  • Plazo de justificación: dos meses desde la finalización del plazo de ejecución de la actividad.

Gastos elegibles:

  • Gastos de personal: 100% del coste laboral del personal contratado exclusiva y específicamente para la actividad; resto de trabajadores según porcentaje de dedicación (máximo 80%).
  • Personas trabajadoras autónomas económicamente dependientes (TRADE): 100% si dedicación exclusiva, resto según porcentaje de dedicación (máximo 80%).
  • Gastos de viajes y manutención del personal, voluntarios y colaboradores directamente vinculados al proyecto, con límites según normativa IRPF y Real Decreto 462/2002 (grupo 2); desplazamientos en clase turista y alojamiento máximo 3 estrellas.
  • Gastos de asistencias externas: contratación y subcontratación de servicios externos necesarios para la ejecución del proyecto.
  • Gastos de material inventariable: amortización de instalaciones y material inventariable durante el periodo de ejecución, incluida adquisición de software; arrendamientos de instalaciones y material inventariable. No elegibles: adquisición, construcción, rehabilitación y mejora de bienes inventariables, bienes inscribibles en registro público ni tierras o bienes inmuebles.
  • Gastos de material fungible directamente vinculado a la actividad objeto de la subvención.
  • Gasto derivado de la revisión de cuenta justificativa por auditor, hasta un límite del 5% de la subvención concedida.
  • Gastos derivados de la garantía bancaria cuando sea obligatoria para la obtención del anticipo.
  • Gastos indirectos (agua, electricidad, seguridad, gestoría, calefacción, limpieza, correo, telefonía, internet, material de oficina, alquiler de locales, etc.) hasta un máximo del 10% de los gastos directos mediante tanto alzado.
  • Impuestos indirectos cuando la entidad beneficiaria los abone efectivamente y no sean susceptibles de recuperación o compensación.
  • No se aceptará la justificación de pagos en efectivo por valor superior a 500 € por proveedor.
  • No son admisibles los gastos contraídos antes del inicio del cronograma, salvo gastos de reunión inicial convocada por la FB y amortización de material inventariable previamente adquirido no completamente amortizado.

Criterios de evaluación:

  • CRITERIOS ESPECÍFICOS (máximo 50 puntos): Dimensión técnica (máximo 20 puntos): objetivos ajustados a la convocatoria (4 puntos); actuaciones coherentes, detalladas, realizables y necesarias con resultados cuantificables y verificables (4 puntos); indicadores y fuentes de verificación (3 puntos); recursos humanos apropiados y suficientes (2 puntos); cronograma realista (2 puntos); actividades de difusión, transferencia y comunicación pública del conocimiento (5 puntos). Dimensión económica (máximo 5 puntos): presupuesto adecuadamente dimensionado, justificación detallada y porcentaje de cofinanciación adecuado (5 puntos). Dimensión ambiental y social (máximo 25 puntos): relevancia ambiental (6 puntos); relevancia territorial (6 puntos); relevancia social (6 puntos); integración transversal del enfoque de género e interseccionalidad (5 puntos); creación y consolidación de empleo (2 puntos).
  • CRITERIOS ESTRATÉGICOS (máximo 50 puntos): Contribución y prioridad en el marco del PAEAS 2026-2032 (12 puntos); existencia de cartas de apoyo (6 puntos); innovación y contribución al avance del conocimiento en EAS (6 puntos); calidad y relevancia de la contribución científica y metodológica (5 puntos); contribución a la gobernanza, coordinación interadministrativa y transferencia de conocimiento (7 puntos); transferibilidad o replicabilidad de resultados (6 puntos); carácter transformador del proyecto (8 puntos).
  • Umbral mínimo en criterios específicos: 25 puntos. Puntuación mínima para ser beneficiario: 50 puntos. Umbral mínimo en criterios estratégicos: 25 puntos.
  • Criterios de desempate: mayor puntuación en criterios estratégicos; mayor puntuación en dimensión ambiental y social; mayor puntuación en dimensión técnica; mayor puntuación en dimensión económica; en caso de persistir el empate, prioridad por orden de entrada en el registro.

Documentación a entregar:

  • Solicitud firmada por el representante legal con firma electrónica admitida por las administraciones públicas, incluyendo declaración de subvenciones concurrentes.
  • Marco lógico.
  • Presupuesto.
  • Recursos humanos.
  • Cronograma.
  • Estatutos o documento en vigor donde consten las normas por las que se regula la actividad de la entidad.
  • Poder o documento que acredite la representación con que se actúa.
  • Documento acreditativo de la inscripción de la entidad en el Registro Administrativo correspondiente o justificativo de la no obligatoriedad de inscripción (en el caso de universidades, el RUCT; las Administraciones Públicas están exentas).
  • Cartas de apoyo al proyecto (documentación adicional opcional).
  • Tras la propuesta de resolución provisional: carta de aceptación de la subvención firmada por el representante legal; formulario de solicitud modificado; marco lógico, presupuesto, cronograma y recursos humanos reformulados; permisos administrativos si son necesarios; certificación positiva de la AEAT de cumplimiento de obligaciones tributarias (validez 6 meses); certificación positiva de cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social (validez 6 meses); acta de titularidad real o declaración responsable; copia del DNI de las personas físicas que ostenten la propiedad o control de la entidad.

Observaciones:

La convocatoria ha sido informada en la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente celebrada el 22 de junio de 2026 y aprobada por el Patronato de la Fundación Biodiversidad F.S.P. el 22 de julio de 2026. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución no podrá exceder de seis meses computado desde el cierre del plazo de solicitudes (10 de noviembre de 2026). No se financia cofinanciación con fondos UE. Tipo de beneficiario elegible según BDNS: personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Sector económico: investigación y desarrollo.