lunes, 8 de junio de 2026

Subvenciones a ayuntamientos de Tenerife para participación infantil y adolescente (2026) - Línea 2

Fin del plazo de solicitud: 22/06/26

Presupuesto: 130.000 €

Beneficiarios: ayuntamientos de la isla de Tenerife

Organismo: Consejería Insular de Acción Social, Inclusión, Voluntariado y Participación Ciudadana del Cabildo Insular de Tenerife

Objetivos: Atender y escuchar de manera activa a la población infantil y adolescente y garantizar su participación en la adopción de decisiones sobre los asuntos que les puedan afectar.

Tipo de abono: Pago anticipado único

Características:

  • Línea 2 de la convocatoria de subvenciones destinadas a los ayuntamientos de la isla de Tenerife para el fomento y la promoción de la participación infantil y adolescente (2026), con una dotación de 130.000,00 €.
  • El reparto se realiza a partes iguales entre todos los ayuntamientos que hayan presentado solicitud y cumplan los requisitos.
  • Las dos líneas de subvención (Línea 1 y Línea 2) son compatibles entre sí; cada ayuntamiento puede solicitar ambas presentando un proyecto distinto por línea.
  • El pago se realiza en un único pago anticipado, sin constitución de garantía, mediante transferencia bancaria.
  • El plazo para resolver el procedimiento es de seis (6) meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
  • Se permite la subcontratación total o parcial de la actividad subvencionada conforme al artículo 29 de la Ley General de Subvenciones.

Gastos elegibles:

  • Gastos de profesionales externos para el desarrollo de las actividades.
  • Gastos en material no inventariable para la realización de actividades y talleres.
  • Gastos para la adquisición de bienes cuyo valor económico por unidad sea inferior a 500 €.
  • Gastos de transporte y desplazamiento.
  • Gastos de manutención y alojamiento.
  • Gastos de megafonía, sonido y otros elementos audiovisuales necesarios.
  • Gastos para el alquiler de instalaciones.
  • Gastos de publicidad, propaganda y difusión del proyecto (máximo 15% del importe concedido).
  • Gastos de catering o comidas para la ciudadanía necesarios para el desarrollo de la actividad, con un límite del 10% del importe de la subvención concedida (exclusivo Línea 2).
  • El gasto derivado de la adquisición del roll up tiene la consideración de gasto subvencionable.

Documentación a entregar:

  • Solicitud normalizada única marcando la/s línea/s de subvención solicitada, presentada en la sede electrónica del Cabildo Insular de Tenerife (https://sede.tenerife.es).
  • Declaración responsable de estar al corriente de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Administración Tributaria Canaria.
  • Declaración responsable de estar al corriente de obligaciones con la Seguridad Social.
  • Declaración responsable de estar al corriente de obligaciones con el Cabildo Insular de Tenerife.
  • Declaración responsable de no encontrarse en las circunstancias del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
  • Acreditación de la representación del solicitante.
  • Tras la propuesta de resolución provisional (plazo de 10 días hábiles): Anexo II (Proyecto y presupuesto Línea 2) y en su caso Anexo III (Alegaciones) y documento de modificación de datos de tercero.
  • Documentación justificativa: Anexo V (Memoria justificativa Línea 2) acompañada del Certificado del/la Secretario/a o Interventor/a del ayuntamiento, registro de reuniones/actividades/encuentros/jornadas con fotos, y en su caso carta de pago de reintegro.

Observaciones:

Publicado en BOP nº68, de 8-6-26. Los proyectos deben estar enmarcados en alguno de los tipos previstos: acciones y procesos participativos, difusión de procesos a través de acciones de información y sensibilización, estructuras municipales de participación infantil y adolescente, evaluaciones participativas, y encuentros de infancia y adolescencia. La población participante directa deberá ser la infancia y adolescencia (0-17 años). El incumplimiento de cada obligación técnica de ejecución implicará la devolución de un 10% del importe de la subvención. Código BDNS: 910611.