martes, 13 de octubre de 2026

Ayudas a la transformación, embotellado y comercialización exterior de vinos con DOP de Canarias

Inicio plazo de solicitud: 01/01/27

Fin plazo de solicitud: 31/01/27

Presupuesto: 279.925 €

Beneficiarios: bodegas inscritas en los registros de bodegas de las denominaciones de origen protegidas de Canarias

Organismo: Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria

Objetivos: Compensar los sobrecostes derivados de la ultraperiferia en el embotellado de vinos con DOP producidos en Canarias y potenciar la competitividad de su comercialización fuera de Canarias.

Tipo de abono: Pago en un único abono en el período comprendido entre el 1 de marzo y el 30 de junio de 2027, directamente en la cuenta corriente indicada en la solicitud. Acción I.6: 0,24 euros por litro de vino calificado, embotellado y contraetiquetado en 2026. Acción I.7: 0,70 euros por litro de vino comercializado en mercados exteriores al archipiélago en 2026.

Características:

  • Bodegas debidamente inscritas en cualquiera de los registros de bodegas gestionados por las entidades de gestión de las DOP de Canarias
  • No estar incursas en las prohibiciones para ser beneficiario previstas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
  • Cumplir la obligación de presentar las declaraciones de existencia de vino y mosto y de producción (Reglamento delegado (UE) 2018/273 y Decreto Territorial 86/2007)
  • Acción I.6: la calificación del vino y la anotación en el libro de embotellado deben realizarse en 2026
  • Los solicitantes que operen en más de una DOP deben presentar una solicitud por cada DOP
  • Solo una solicitud de ayuda por campaña en el ámbito de cada DOP
  • Financiada por el FEAGA; si el crédito es insuficiente se prorratea entre los beneficiarios

Gastos elegibles:

  • Acción I.6: litros de vino con calificación bajo cualquier sistema regulador del vino con DOP de Canarias, embotellados y contraetiquetados por el beneficiario en 2026
  • Acción I.7: litros de vino con calificación bajo cualquier sistema regulador del vino con DOP de Canarias, comercializados fuera del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias por el beneficiario en 2026

Documentación a entregar:

  • Documento que acredite la representación con la que se actúa, en su caso
  • Declaración de producción y de existencias de vino y mosto, referida al año 2026
  • Documento que acredite la calificación del vino por el que se solicita la ayuda
  • Documento que acredite estar al corriente de obligaciones con las Agencias tributarias estatal y autonómica y con la Seguridad Social
  • Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones del artículo 13.2 y 3 de la LGS, en su caso
  • Certificado de la entidad de gestión de la DOP acreditativo de la inscripción de la bodega en el registro de bodegas, con el número de contraetiquetas entregadas en 2026
  • Documento que acredite la titularidad de la cuenta bancaria indicada para el abono
  • Acción I.6: copia del libro de embotellado con las entradas de 2026 y documento en formato base de datos que relacione las resoluciones de calificación del vino con los asientos del libro de embotellado
  • Acción I.7: facturas de venta y documento único administrativo de exportación (DUA) o, en su defecto, documentación justificativa del transporte fuera de Canarias durante 2026, junto con documento en formato base de datos que relacione las resoluciones de calificación con las facturas y el DUA

Observaciones:

Las solicitudes presentadas fuera de plazo se consideran si tienen entrada en los 25 días naturales siguientes a la finalización del plazo (hasta el 25 de febrero de 2027 según BDNS), con reducción de la ayuda del 1% por cada día hábil fuera de plazo; si el retraso es superior a 25 días naturales se desestima la solicitud. Reducciones por diferencias entre litros declarados y comprobados: hasta el 5% la ayuda se calcula sobre los litros comprobados; entre el 5% y el 25% se calcula sobre los litros comprobados reducida en la diferencia encontrada; superior al 25% exclusión. Ficha financiera: Acción I.6, 231.660 euros; Acción I.7, 48.265 euros. Los créditos y cuantías podrán incrementarse por posteriores Decisiones de la Comisión Europea. Plazo máximo para resolver: 30 de junio de 2027. Acciones I.6 y I.7 del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias (POSEI), financiadas por el FEAGA.